InicioActualidadCrónica"Prohibido el ingreso con coches": la medida implementada por comercios que infringe...

«Prohibido el ingreso con coches»: la medida implementada por comercios que infringe la normativa legal chilena

Si bien el Servicio Nacional al Consumidor entiende que cualquier establecimiento comercial puede fijar los límites y condiciones de su oferta, también concibe que debe respetar criterios, objetivos, razonables y claros, para no afectar la igualdad de los consumidores en el acceso a los bienes y servicios.

Son distintos los comercios que en Ovalle prohíben el ingreso a sus dependencias con coches, lo que resulta una medida discriminatoria para quienes trasladan a sus hijos pequeños en ellos. Si bien, las distintas administraciones aluden a lo mismo: Robo, o más bien dicho prevención ante la posibilidad de robo, se trataría de una reglamentación arbitraria por parte de las entidades comerciales, puesto que como manifestaron desde el SERNAC, «en Chile ya no existe el derecho de admisión, los locales comerciales no lo tienen permitido».

De acuerdo al recorrido que realizó OvalleHOY por el centro de Ovalle, se pudo detectar que son en su mayoría importadoras las que exhiben en sus ingresos carteles en los cuales se explicita que quienes quieran ingresar no pueden hacerlo con coches, exigiéndolas a sus consumidoras y consumidores con hijos, dejarlos en custodia.

Ante esta situación Cathy Contreras, madre de un pequeño de dos años, señala que sí se ha sentido discriminada «en algunas partes, donde te exigen que lo dejes en custodia o algo así…. y es algo que me parece mal porque siento que piensan que voy a robar».

La académica Guadalupe Hurtado Bañuelos, explica que»la reserva al derecho de admisión en establecimientos mercantiles o espectáculos que dirigen su oferta al público en general es una práctica que al amparo de estigmas y prejuicios se ha venido popularizando dentro de las relaciones sociales que se generan en los procesos de consumo, y que se puede definir como el derecho o la prohibición que supone tener el dueño, representante o empleado de un establecimiento mercantil de negar el acceso a sus instalaciones a posibles consumidores, justificando dicha negación en políticas internas del propio establecimiento y en el derecho de propiedad privada».

Asimismo, la abogada en derecho internacional agrega, «jurídicamente, la reserva al derecho de admisión se encuentra prohibida por normas nacionales e internacionales que buscan la protección de los consumidores, sancionando a quienes cometan actos que menoscaben o limiten sus derechos u oportunidades».

Por su parte, Amaranta Cortés, madre y profesora de historia, alude a la maternidad como eje de esta discriminación, puesto que como manifiesta, «la sociedad completa debe garantizar la no discriminación a la maternidad, la prohibición del coche afecta ese derecho y esto se suma a la lista de incomodidades e irregularidades que pasamos las madres».

Es por esto que, como indica el SERNAC «si se le prohíbe la entrada a una persona que ande con coche, se debe generar un reclamo a través del Servicio Nacional al Consumidor con los datos de la empresa, para lograr una mediación.  Ahora bien, si la empresa tiene una respuesta negativas se pueden tomar medidas legales».

Por Paloma Olivares Beltrán 

OvalleHoy.cl