Las infracciones detectadas se relacionan con la falta de impermeabilización del sistema de conducción de relaves, entre otras.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), inició un procedimiento sancionatorio formulando cargos a la empresa Minera Altos de Punitaqui Limitada, debido a incumplimientos ambientales detectados en su planta minera “Los Mantos”, ubicada en la Región de Coquimbo.
Las actividades de fiscalización a la empresa, efectuadas por la SMA en conjunto con la Dirección General de Aguas (DGA) de la Región de Coquimbo, se iniciaron producto de denuncias efectuadas por la Municipalidad de Punitaqui.
Los incumplimientos detectados en terreno, y calificados como graves por esta Superintendencia, dicen relación con los proyectos de la empresa “Construcción Tranque de Relaves Tranque III”, aprobado por la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N° 214/2007, y “Ampliación Planta Los Mantos 3000 TPD”, RCA N° 159/2007.
Los cargos formulados son los siguientes:
- El sistema de conducción de relaves, consistente en dos tuberías de conducción que van desde la planta de beneficio hasta el Tranque de Relaves III, no está dispuesto sobre un canal impermeabilizado.
- El canal de contorno ubicado alrededor del Tranque de relaves III está construido en tierra sin revestimiento, con una altura variable, y en algunos tramos no alcanza los 0,5 metros.
- Al momento del incidente ambiental del 28 de junio de 2013, la piscina cero, destinada a contingencias, no cumple su función de contención de derrames, teniendo aproximadamente un 76% de su capacidad ocupada, razón por la cual 2,5 m3 de las pulpas derramadas escurrieron hasta alcanzar el cauce del estero Los Mantos.
Cabe recordar, que la formulación de cargos es el inicio de un procedimiento sancionatorio por parte de la SMA. En tanto, el infractor tendrá 10 días de plazo para presentar un Programa de Cumplimiento, es decir un plan de acciones y metas para que dentro de un plazo fijado por la Superintendencia, el titular cumpla sus obligaciones ambientales.
Si la SMA aprueba dicho programa, se pone fin al procedimiento sancionatorio. No obstante, si el titular no cumple con los compromisos establecidos en dicho programa, arriesga hasta el doble de la multa original.
En caso de que la minera decida no presentar un Programa de Cumplimiento cuenta con 15 días de plazo para formular descargos ante la Superintendencia, tras lo cual continúa el proceso sancionatorio.
Para mayores detalles, acceder a la formulación de cargos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA)