En 5 comunas de la región de Coquimbo (La Serena, Coquimbo, Ovalle, Monte Patria y Vicuña) en donde este 19 de junio se efectuarán las elecciones primarias municipales, los complejos o centros comerciales regidos por una misma razón social o personalidad jurídica permanecerán cerrados.
Así lo informaron las autoridades del Trabajo, encabezadas por la Seremi Tarcila Piña, en una reunión con diferentes sindicatos del sector retail y con la Cámara de Comercio de La Serena.
“Primero es un feriado de comercio irrenunciable, pero para ciertos trabajadores, no para todos. Y en ese sentido los dictámenes de la Dirección del Trabajo, en donde se interpretó la normativa, señalan que se necesitan tres requisitos importantes, primero que se trate de un centro o complejo comercial; segundo, que este centro o complejo comercial esté administrado por una razón social o una persona jurídica; y tres, que esté emplazado en algunas de las 5 comunas de la región de Coquimbo en que habrán elecciones primarias. Estos centros comerciales con estos 3 requisitos no van a poder abrir el día domingo 19 de junio, por lo tanto para esos trabajadores y trabajadoras va a ser un feriado irrenunciable”, detalló la titular regional del Trabajo y Previsión Social.
Respecto de aquellos locales de comercio que no están en estas tres situaciones, pero que sí tienen primarias, Piña indicó que el empleador estará obligado a entregarle las dos horas correspondientes a cada trabajador o trabajadora para que pueda salir a sufragar, “eso es muy importante, y estas dos horas de permiso para sufragar, por ningún motivo se les puede descontar de su remuneración”.
La autoridad laboral también añadió que se debe entregar las facilidades a algún trabajador o trabajadora que haya sido designado vocal de mesa, parte de la junta electoral, o del colegio escrutador, y no hacerle descuentos por ausencias.
SANCIONES
La directora regional del Trabajo, Yasna Piñones, explicó tras la reunión con el comercio y los trabajadores, que la Dirección del Trabajo elaboró una jurisprudencia administrativa para efectos de las elecciones primarias por lo tanto es un dictamen especial.
“Las tres sanciones que la Dirección del Trabajo pudiese constatar en no cumplimiento, sería en primer lugar el no otorgar el permiso de las 2 horas para los trabajadores que tienen derecho a sufragar. Segundo, para aquellos trabajadores que no se les otorgo permiso siendo vocales de mesa, miembros del colegio escrutador, delegado de la junta electora. Y el tercero, el no otorgar el feriado legal e irrenunciable para los trabajadores del sector comercio que se desempeñan en los locales o centros comerciales regidos por una misma razón social o personalidad jurídica. Las sanciones varían dependiendo de la cantidad de trabajadores que tenga la empresa, y van desde las 9 a las 60 UTM”, informó Piñones.
Asimismo la directora regional del Trabajo informó que la infracción que mayor carga en unidad monetaria tiene es no otorgar el feriado legal e irrenunciable para el sector comercio. “No obstante la Dirección del Trabajo a través de su página web www.dt.gob.cl, va a estar funcionando un banner para ingresar las denuncias y el equipo regional va a tener fiscalizadores de emergencia que van a estar recorriendo todos los locales que correspondan o que nosotros constatemos que hayan ingresado denuncias para este efecto”.
La presidenta de la Cámara de Comercio de La Serena, Paulina Hernández, señaló que “el llamado es para quienes abren los días domingo de darle la flexibilidad de darle la oportunidad al trabajador de ir hacer valer su derecho como ciudadano. Nosotros esperamos que la gente participe y que la comunidad elija a quienes van a ser sus candidatos”, indicó.