
La magistrada resolvió que era acusado solo de cuasidelitos y que, según la ley, “no se dan los presupuestos para que su libertad sea un peligro para la seguridad de la sociedad”.
F.A. G.G, es el conductor de la máquina Mercedes Benz de la empresa Tur Bus que viajando entre Santiago y La Serena volcó en la madrugada de ayer a la altura del kilómetro 332 de la ruta 5 Norte, causando la muerte de cuatro pasajeros, lesiones graves a dos, de mediana gravedad a alrededor de 9 y otras lesiones leves.
El imputado fue formalizado en la mañana de hoy de cuatro semidelitos de homicidio, además de cuasidelitos de lesiones graves, menos graves y leves, teniendo responsabilidad en estos hechos – según explicó el Fiscal Rodrigo Gómez – por conducir en condiciones físicas deficientes y no estar atento a las condiciones del tránsito.
Según el acusador, F.G. prestó declaraciones en dos oportunidades reconociendo que se había dormido al volante, saliéndose de la carretera y al intentar reaccionar, aplicando el sistema de frenos y maniobrando en sentido contrario, la máquina volcó a un desnivel al costado de la ruta.
El conductor estaba manejando en las últimas cuatro horas y pocos kilómetros adelante (en el sector de La Cebada) correspondía el recambio al volante.
Gómez solicitó a la magistrada Carolina Rojas una medida cautelar de arresto domiciliario nocturno ; o en subsidio arraigo regional, mientras se prolongue la investigación, explicando que la medida era prevenir que pudiera volver a conducir distancias largas, para prevenir eventuales futuros accidentes.
El defensor privado , Cristian Parada, rechazó estas peticiones al considerarlas no ajustadas a las normativas legales tratándose solo de “cuasidelitos” y no de “delitos”, asegurando incluso ante la posibilidad de alcanzar una salida alternativa, como la suspensión condicional del procedimiento por tener su representado una hoja de vida y como conductor intachable.
La magistrada finalmente sólo resolvió como medida cautelar la firma quincenal en la fiscalía de Talca (donde reside el imputado) y arraigo nacional, y un plazo de 200 días para la investigación.
Al finalizar la audiencia el fiscal Gómez lamentó el rechazo del tribunal a la solicitud de la fiscalía señalando que el objetivo era prevenir que el imputado pudiera manejar de noche en los meses siguientes, señalando que en estos momentos no hay nada que le prohíba sentarse nuevamente detrás del volante de un bus de pasajeros.
Afirmó que está comprobado que él llevaba sólo 4 horas manejando, y que los informes de la empresa Tur Bus señalan que en las horas anteriores había cumplido con los descansos reglamentarios previos ; aunque agregó que se investigará si eso corresponde a la realidad.
Precisó sin embargo que en estos casos, de descubrirse alguna irregularidad en esto último la responsabilidad penal sigue siendo personal (es decir del conductor) y no de la empresa.
“La responsabilidad civil es la que corresponde a la empresa pero ese es un tema que escapa a las facultades nuestras como Ministerio Público, aunque nosotros podemos orientar a las victimas para que conozcan eventualmente cuáles son sus derechos”, concluyó.
La magistrada Rojas, a solicitud del defensor, prohibió a los medios de comunicación divulgar imágenes frontales del imputado, y sólo mencionarlo con sus iniciales.