El hombre cumplía desde septiembre del 2012 una condena de 10 años y 1 día por el delito de robo con violencia , la que le había sido adecuada a 8 años de libertad condicional en los años siguientes.
Sin embargo el beneficiado incumplió las condiciones impuestas por lo que la Corte de Apelaciones en el año 2017 resolvió revocar el beneficio notificándole que debería cumplir el resto de la sentencia privado de libertad.
El condenado Iván Patricio Valenzuela Valenzuela, acompañado de otro sujeto, el día 25 de octubre de 2008, a las 01:30 horas aproximadamente, en la intersección de calle Bilbao con Brasil de la localidad de Sotaquí, abordaron a la víctima J. A. C. R. Juan Armando Castillo Rivera, a quien agredieron con un cuchillo en diferentes partes del cuerpo, sustrayendo y apropiándose
de una cadena que la víctima mantenía colgando en su cuello, dándose a la fuga con la especie en su poder. Producto de la agresión la víctima resultó con numerosas heridas corto punzantes torácicas de carácter leve.
Detenido Iván Valenzuela, aunque su defensa alegó que mas que un robo se trató de una riña, fue encontrado culpable del delito de robo con violencia consumado y sancionado a cumplir la pena de 10 años y un día , pena que le fue mutada a la libertad condicional cumplidos los 8 años.
Este beneficio finalmente le fue revocado por incumplimiento de las condiciones impuestas, dándose una orden de detención en su contra.
Finalmente fue detenido a fines de la semana pasada y puesto a disposición del Juzgado de Garantía de Ovalle donde el magistrado Darío Díaz Peña y Lillo dio la orden de ingreso al CDP de Ovalle para que cumpla la pena de 618 días de privación de libertad sin abonos que considerar.