Ministro (s) de Obras Públicas, Javier Osorio, firmó el decreto relevante para la zona.
Por un período de seis meses, no prorrogables, a contar de hoy 9 de febrero de 2015, el Ministro (s) de OOPP Javier Osorio, firmó el Decret. N°88 que declara a las comunas de La Higuera, La Serena, Vicuña, Coquimbo, Paihuano, Ovalle, Río Hurtado, Punitaqui, Combarbalá y la Provincia del Choapa ubicadas en la Región de Coquimbo, como Zona de Escasez Hídrica, lo que beneficia a los usuarios en la distribución del recurso disponible.
Conforme la Declaración, y no habiendo acuerdo entre los usuarios para la redistribución de aguas, la DGA podrá hacerlo respecto de las aguas disponibles en fuentes naturales, con el fin de reducir al mínimo los daños generales derivados por la sequía. La entidad competente podrá también suspender las atribuciones de las juntas de Vigilancia y los seccionamientos de las corrientes naturales que estén comprometidos dentro de la zona de escasez. Además, es facultad de la DGA autorizar extracción de agua superficial y subterránea desde cualquier punto, sin necesidad de constituir derechos de aprovechamiento de aguas y sin la limitación del caudal ecológico mínimo establecido en el artículo 126 bis 1 del libro segundo del Código de Aguas.
En las corrientes naturales o en los cauces artificiales en los cuales aun no se ha constituido organizaciones de usuarios, la DGA podrá hacerse cargo de la distribución en las zonas declaradas de escasez hídrica.
Esta declaración de escasez no será aplicable a las aguas acumuladas en recintos particulares.
Este decreto, así como las resoluciones que se dicte por la DGA en virtud de las facultades conferidas por el artículo 314 del Código de Aguas, estarán atentas a la Toma de razón por la contraloría*
La comuna de Monte Patria en tanto, cuenta con la vigencia del Decreto N°404 de 2 Septiembre 2014, por lo que su prorroga corresponde a partir de marzo del presente año.