Como Medio de Comunicación comprometidos con la libre circulación de las Ideas, hemos decidido presentar una serie de preguntas frecuentes en torno a la discusión constitucional que se nos avecina el próximo 26 de abril.
En ese sentido, difundiremos una serie de preguntas y respuestas en torno a la discusión constitucional, basadas en el folleto «Cambio Constitucional en Chile: Respuestas Fáciles para Preguntas Frecuentes», de Carolina Vizcarra, jurista especialista en Derecho Internacional. Magíster en Estudios Jurídicos Europeos de la Universidad de Turín, Italia; Magíster en Derecho Internacional de la Universidad Católica de Lovaina, Bélgica. Actualmente doctorando en el Universidad Panthéon Assas – Paris II, Francia. .
¿Qué es la Constitución?
La Constitución es la ley fundamental del Estado, en la que se establecen:
A. LOS DERECHOS y DEBERES DE LOS CIUDADANOS.
B. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO.
- Es de carácter JURÍDICO, en cuanto la Constitución es la norma suprema al interno del orden legal del Estado, por lo que todo acto ejecutivo, legislativo o judicial debe ser conforme a ella.
- Es de carácter POLÍTICO, en cuanto regula el funcionamiento de la vida política del Estado, definiendo las instituciones estatales y estableciendo los límites del poder del Estado con respecto a la libertad de los ciudadanos.
- Es de carácter SOCIAL, en cuanto aspira a crear una sociedad justa, definiendo reglas que reguardan las relaciones sociales y económicas entre el Estado y los ciudadanos, así como entre los mismos ciudadanos.
¿Cuál es el origen de las Constituciones?
La Constitución nace como un pacto entre el Rey y su pueblo, con el cual la gente reconoce al soberano el poder de gobernar, a condición de que se establezcan límites a dicho poder.
Con el tiempo, la figura del «Rey» fue remplazada por los presidentes y gobiernos, pero lo que se mantiene hasta hoy, es que quien detenta el poder de gobernar, está sometido a la ley fundamental, es decir a la Constitución.
Sabías que: La Carta Magna es la primera ley fundamental firmada por Juan Sin Tierra de Inglaterra».
(15 de junio de 1215, Runnymede, Condado de Surrey, al sur de Gran Bretaña.)
Las Constituciones: ¿Son todas iguales?
Las Constituciones son tan diversas, como lo son los países las adoptan. Por lo tanto, cada Constitución responde a características propias del Estado y al tipo de sociedad que se desea construir.
Tradicionalmente las Constituciones se distinguen según:
Pero ¿Los Estados necesitan realmente de una Constitución?
Si bien no todos los países tienen Constituciones escritas, como es el caso del Reino Unido, todos los países necesitan un marco general para organizar las relaciones entre el Estado y los ciudadanos, así como entre los mismos ciudadanos.
Al reconocer explícitamente los derechos de los ciudadanos, es posible evitar que se pase por alto su respeto. Del mismo modo, al organizar los diferentes órganos del Estado, es posible definir las competencias de cada uno, dándoles la posibilidad de regularse entre sí y evitar abusos.
“Una Sociedad en la que no esté establecida la garantía de los Derechos, ni determinada la separación de los Poderes, carece de Constitución.”
(Artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789)
Por Equipo OvalleHOY.cl