Tribunal serenense rechazó el Recurso de Nulidad interpuesto por la defensa del directivo bomberil y ratificó la determinación de Juzgado de Letras local.
La Corte de Apelaciones de La Serena ratificó la condena contra el superintendente de Bomberos de Ovalle, Edgardo Díaz por acoso laboral y de género contra una trabajadora y rechazó el recurso de nulidad presentado por los representantes del directivo bomberil.
Así, el tribunal serenense mantuvo la sentencia condenatoria del Primer Juzgado de Letras de Ovalle en que se asegura que la institución vulneró los derechos fundamentales de la trabajadora P.C.C. y le condenó a pagar una indemnización por concepto de daño moral, además de los saldos adeudados de sus remuneraciones y bonos, desde marzo de 2020 hasta la fecha.
Así mismo, en la sentencia se ordena al Cuerpo de Bomberos a enviar una carta de disculpas públicas a la víctima, la cual debe ser publicada en el sitio web y redes sociales institucionales, además de realizar un taller sobre acoso sexual y no discriminación con enfoque de género, destinado a los trabajadores y voluntarios pertenecientes a la institución.
La denunciante señaló a nuestro medio con respecto a la sentencia en segunda instancia que «me siento muy feliz y tranquila y siento que la justicia hoy en día le cree a las mujeres y no deja que esto actos tan machistas ocurran como lo es el acoso el cual yo fui víctima», asegura.
Añadió que «lo que yo sufrí fue verídico y no como la institución trató de hacerlo pasar, como un problema de dinero según las declaraciones del victimario. Hoy en día como mujeres debemos sentirnos más empoderadas y denunciar este tipo de actosm que no sólo nos afectan como mujeres si no también a nuestras familias».
Remarcó que «lo que yo pasé, no se lo doy a nadie. Es súper fuerte y duro tener que enfrentar» y subrayó que «aún me encuentro con tratamiento psiquiátrico y psicológico, porque no es fácil olvidar todo lo que me pasó».
La funcionaria afectada agregó que «hago un llamado a la institución a nivel nacional a que sancionen a todo aquel que cometa estos actos o peores. No puede ser que una institución a la que muchos niños ven como héroes muestren este tipo de bajezas contra las mujeres y más, en mi caso, viniendo del más alto mando del Cuerpo de Bomberos de Ovalle ya que él debería haber sido un ejemplo en la institución lo que claramente no fue», subraya.
Finalmente, manifiesta que «sin la ayuda de mi abogada, de mi familia, mis seres queridos y amigas no hubiera sido capaz de seguir, porque muchas veces sentí que no podía con esto. Ellos me dieron la fuerza y valentía para continuar», concluyó.
ABOGADA
La abogada de la querellante, Jeniffer Mella Escobar, señaló a nuestro medio que «estoy muy satisfecha por el resultado del fallo de la Corte de Apelaciones de La Serena qué rechaza del recurso de nulidad interpuesto por el Superintendente de Bomberos de Ovalle, confirma la sentencia dictada y que declara la existencia de un acoso laboral con ribetes de acoso sexual y constatando una discriminación por género en contra de la denunciante».
Mella agregó que su representada «evidentemente, toma este resultado como parte de una medida de reparación para su persona porque aquí se ha afectado su integridad, su honra y, obviamente, su igualdad ante la ley por razones de género».
Añadió que «creo que una sentencia ratificada de este tipo, en un tribunal de provincia, es una tremenda señal de que, cuando existen indicios suficientes – en estos casos las pruebas son difíciles de reunir y acreditar – es posible finalmente, sancionar a los responsables y que no queden en la impunidad».
Desde el punto de vista laboral, la abogada señaló su satisfacción «porque hay una tutela laboral vigente y espero que, de aquí en más, las condiciones de la trabajadora para volver a su lugar de trabajo que impone la sentencia sean cumplidas de manera pulcra por la parte denunciada y que, efectivamente, se cursen tanto las capacitaciones, las disculpas públicas así como el pago de las indemnizaciones que aquí se han determinado por parte de la justicia, no en una sino que en dos oportunidades: en primera y segunda instancia», concluyó finalmente.
Por Equipo OvalleHOY.cl