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Al pagar impuestos atrasados se condona un porcentaje de intereses y multas automáticamente

El Tesorero Provincial (s) de Ovalle, Ernesto Villalobos Infante, informa que al ponerse al día con el pago de deuda fiscal y contribuciones, se puede acceder a una condonación de hasta 50% y 45%, respectivamente, respecto a los recargos legales de aquellas deudas correspondientes a intereses y multas,  por el atraso en la declaración de los impuestos.

El trámite puede ser realizado en línea en la página web del Servicio, www.tesoreria.cl,  donde al contribuyente se le solicitará que ingrese su nombre de usuario y clave (la persona puede solicitar su clave en el mismo sitio web o en cualquier Tesorería del país), y así  optar al beneficio

•    Para pago contado, se debe ingresar a la sección Recaudación, Pagos, Pagos de Impuestos Fiscales o Contribuciones (según corresponda).
•    Para establecer convenio de pago, ingrese a Recaudación, Cobranzas, Convenios de Pago donde se le ofrecerá (si corresponde), una propuesta de convenio a 12 meses.

Asimismo, los contribuyentes que se encuentren demandados por deudas fiscales y de contribuciones, pueden acercarse hasta la Tesorería Provincial, ubicada en Paseo Vicuña Mackenna 310, oficina 202, para informarse de su situación en particular y acceder a estos beneficios y otros beneficios a los que puede optar para el pago de sus obligaciones tributarias.

Para las deudas emitidas por el Servicio de Impuestos Internos con antigüedad igual o menor a 24 meses, la condonación de intereses  y multas (por atraso en la declaración de los impuestos), por pago al contado será de hasta 50% y 40%  si se accede a un convenio de pago (hasta en 12 cuotas). Si la deuda sobrepasa los 24 meses, desde su fecha de emisión por el SII, el descuento de intereses  y multas (por atraso en la declaración de los impuestos),  ascenderá a 45% y 35%, de acuerdo a la modalidad de pago de la deuda.

En el caso del Impuesto Territorial (contribuciones de Bienes Raíces),  los beneficios de condonación de intereses corresponden a:

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Estos beneficios de condonación corresponden a los que rigen de forma permanente, señalados en Resolución N° 698 de 2006 del Ministerio de Hacienda, cuyo requisitos es que los contribuyentes no tengan ningún tipo de exclusión por parte del Servicio de Impuestos Internos.

Además Informa que para el pago al contado de la Deuda fiscal o de contribuciones los contribuyentes morosos tienen la opción de acogerse al Artículo 9°, de la Resolución 698, que consiste en el otorgamiento de una condonación especial, de hasta un 70% de los intereses y de un 90% de las multas, para ello deben concurrir a la oficina de la Tesorería Provincial, para hacer la evaluación de la solicitud.

OvalleHoy.cl