Esta reforma supone una necesaria actualización de la manera en que los Juzgados de Policía Local del país notificarán las cerca de 7 millones y medio de causas cada año.
Un importante cambio fue introducido al artículo 18 de la ley N° 18.287 que establece Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local.
La Sala del Senado despachó el texto legal que modifica la ley N° 18.287, que establece procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, permitiendo que determinadas resoluciones que actualmente se notifican por carta certificada mediante el uso engorroso y caro de cartas impresas ingresadas Correos , también puedan ser notificadas por medios electrónicos.
El texto legal precisa que “Cualquiera de las partes podrá solicitar para sí una forma de notificación electrónica, la que el tribunal podrá aceptar si cuenta con los medios idóneos para ello y si, en su opinión, resulta suficientemente eficaz y no causa indefensión.
La notificación se entenderá practicada a partir del momento mismo del envío.
La demanda, querella o denuncia, y la sentencia que imponga pena de prisión, en tanto quedan expresamente exceptuadas de este tipo de comunicación
En opinión del abogado Sergio Peralta Morales “los juzgados de comunas mas pequeñas sacarán provecho a sus recursos humanos y técnicos, que son mínimos, y esto permitirá que las personas puedan seguir los procesos en tramitación, dando paso –creo- a otros medios electrónicos, no solo el correo electrónico, sino que plataformas como Whatsapp o mensajería de texto, siempre cuando así lo pida la persona en la audiencia ante el Juzgados de Policía Local”, añadió el profesional ovallino .
Esta reforma supone una necesaria actualización de la manera en que se notifican las cerca de 7 millones y medio de causas cada año, lo que se traducirá en un importante ahorro de recursos, además de quitar esta carga a Carabineros de Chile, únicos encargados hoy de tales procedimientos.