El proyecto fue aprobado unánimemente en la Cámara de Diputados y continúa su trámite legislativo en el Senado. Ningún voto en contra recibió en su votación en Sala el proyecto de ley presentado por la diputada Nathalie Castillo (PC) que rebaja la tarifa eléctrica de invierno para los comités de Agua Potable Rural (APR) o Servicios Sanitarios Rurales.
En concreto, la moción parlamentaria respaldada por el Ejecutivo -mediante indicaciones y calificándolo con suma urgencia- fue respaldada por 124 votos a favor y continuará su discusión en la Cámara Alta.
El visto bueno de la Cámara de Diputadas y Diputados se da tras haber sido apoyada transversalmente en la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación el pasado 19 de diciembre, con 11 votos favorables.
Sobre el proyecto, la diputada Castillo recalcó que lo aprobado es una “demanda histórica de las APR, organizaciones sin fines de lucro que, además, entrega el derecho humano al agua en la ruralidad y también el saneamiento básico. Con esto se va a poder garantizar y también dar tranquilidad en materia económica cuando aumenta la tarifa (eléctrica de invierno) entre los meses de abril y septiembre. Este proyecto fue patrocinado por el gobierno y el ministro de Energía, Diego Pardow y esperamos que este trámite en la Cámara del Senado siga con este respaldo porque es necesario entregar respuestas, principalmente a las zonas rezagadas de la ruralidad que son quienes más se verán beneficiados con este proyecto de ley”.
Según información entregada por el gobierno, son cerca de 2 millones de personas en todo el país que viven en zonas rurales, por lo que de convertirse en ley, ayudará positivamente a la situación financiera y patrimonial de los comités o cooperativas del agua pero también a los usuarios, ya que eventuales alzas traslada el costo a quienes se suministran del recurso hídrico a través de estas organizaciones.
En la misma línea de la parlamentaria, el ministro Pardow destacó que con este respaldo unánime “estamos avanzando en una mayor justicia territorial. Los servicios sanitarios rurales no solamente viven en una situación financiera complicada porque tienen un número limitado de personas entre las cuales repartir sus inversiones, sino que son precisamente las zonas que han estado más afectas a las consecuencias adversas del cambio climático”.
Cambio legal
En particular, la moción parlamentaria modifica la Ley General de Servicios Eléctricos (LGSE) agregando un artículo bis al 191 de la normativa.
“Artículo 191 bis: En el caso de los costos de operación y mantención de los servicios sanitarios rurales en sus diversas etapas regulados por la ley N°20.998, se les aplicará un descuento respecto de los cargos que se facturen por el precio de potencia de punta al que hace referencia el artículo 155 de esta ley. Dicho descuento se verá reflejado en la respectiva facturación, de acuerdo con el artículo 198”, indica la propuesta.
Cabe precisar que como una forma de racionalización del consumo eléctrico en la época de mayor demanda de energía se aplica el denominado “control de punta”, lo que implica sobrecargo a la cuenta de luz para todos aquellos usuarios que superen el promedio fijado por ley. En ese sentido, la normativa en cuestión indica que el “horario punta” corresponde entre las 18 y 22 horas y el “límite de invierno” a los meses de abril y septiembre.
Para el cálculo del límite de invierno la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC) señala que se debe considerar el mayor valor entre el promedio de consumo de energía durante los meses de octubre del año anterior a marzo del año en curso (período de verano), incrementado en un 20%.