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Corte de La Serena ordena la prisión preventiva de oficial de Ejército (r) procesado secuestros calificados en 1977

La Corte de La Serena acogió el recurso de apelación presentado por la parte querellante y ordenó la prisión preventiva de Raúl del Canto Galdames, teniente coronel de Ejército en retiro, procesado por el ministro en visita extraordinaria para causas por violación a los derechos humanos, Vicente Hormazábal Abarzúa, como autor de los delitos de secuestro calificado de Sergio Oviedo Sarria y Juan José Paillalef Paillalef. Ilícitos perpetrados en 1977.

En fallo dividido (causa rol 1.610-2023), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Felipe Pulgar Bravo, Christian Le-Cerf Raby y Sergio Troncoso Espinoza– revocó la resolución recurrida, por considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

“Advierten estos sentenciadores que en la especie concurren suficientes elementos de peligrosidad respecto del procesado Raúl del Canto Galdames, de aquellos señalados en el inciso tercero del artículo 363 del Código de Procedimiento Penal, en particular, la condena impuesta en su contra en la causa rol N°13.322 tomo B, mediante sentencia dictada por la Excelentísima Corte Suprema el 10 de octubre de 2023, situación que es reconocida por la partes, razón por la cual se estima que la libertad del procesado antes señalado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad”, plantea el fallo.

Por tanto, se resuelve: “Que SE REVOCA la resolución de 5 de octubre de 2023, escrita a fojas 1876 de estos autos, solo en la parte que no dispuso la prisión preventiva respecto del encartado Raúl del Canto Galdames, y en su lugar se declara que se le impone a dicho procesado la medida cautelar de prisión preventiva”.

Decisión acordada con el voto en contra del ministro Le-Cerf Raby.

Asimismo, la Primera Sala resolvió las apelaciones presentadas por las defensas de los otros procesados en la causa.

“Atendido el mérito de los antecedentes, compartiéndose los fundamentos del juez a quo y visto lo dispuesto en el artículo 361 del Código de Procedimiento Penal, se CONFIRMA la resolución de 05 de octubre de 2023, escrita a fojas 1876 de estos autos, en cuanto por ella se le concedió la libertad provisional a los procesados Segundo Alejandro Gutiérrez Montealegre, Arnaldo Eduardo Canales Fernández y Juan Carlos Arenas Cortés, y se reguló la fianza en la suma de $500.000 (quinientos mil pesos)”.

Acordada la confirmación del monto de la fianza con el voto en contra del ministro. Troncoso Espinoza, quien estuvo por acoger la apelación deducida por la querellante y aumentar la caución a $2.000.000, cifra que estimó proporcional a la necesidad de asegurar los fines del procedimiento.

Los hechos
De acuerdo a los antecedentes de la causa Rol N°13.322 tomo A, iniciada por denuncia el año 1994 en el 4to Juzgado del Crimen de Arica y a cargo del ministro en visita extraordinaria para causas por violación a los derechos humanos, Vicente Hormazabal Abarzúa, desde marzo del 2017, se investigan los hechos ocurridos a tres víctimas cuyos nombres corresponden a Sergio Oviedo Sarria, Juan José Paillalef Paillaef e Isidoro Castro Villanueva. Todos ellos desaparecidos desde el año 1977, sus cuerpos nunca han sido encontrados.

Según con el mérito de los antecedentes reunidos en el proceso se encuentran acreditados los siguientes hechos: La víctima Sergio Oviedo Sarria fue detenida el 14 de mayo de 1977 cuando se disponía a cruzar la frontera en la Aduana de Chacalluta como habitualmente lo hacía ya que su familia vivía en Perú. De profesión Topógrafo viajaba a Chile, ya que trabajaba en una empresa constructora en Chile. En ese momento fue interceptado presumiblemente por agentes encubiertos de la DINA (Dirección de Inteligencia Nacional) del Ejército, quienes lo tomaron detenido sin orden que justificara su detención, desde ese momento la víctima permanece desaparecida y su familia nunca más tuvo noticias de él. Es importante considerar que en la madrugada de ese mismo día, esta víctima había estado compartiendo en la Boite Mahattan de Arica, junto a su amigo Pedro Mella (victima en el Tomo B de la causa), Mella en ese momento fue detenido por Raúl del Canto Galdames y otros agentes, también desparecido desde ese día.

En tanto, la víctima Juan José Paillalef Paillalef, fue detenida en las afueras de su domicilio el 31 de julio de 1977, mientras se disponía a concurrir a su lugar de trabajo en Arica. En ese momento se encontraba acompañado por su pareja, quien le relató al tribunal que ese día, se acercaron unos agentes de civil, y le indicaron que se llevarían detenido a Juan José para hacerle unas consultas solamente. Desde ese día permanece desaparecido, la familia nunca más tuvo noticias de él.

Cabe destacar que el procesado Raúl del Canto Galdames ya fue condenado por el ministro Vicente Hormazabal a la pena de 10 años y un día de presidio, en el Tomo B de la misma causa Rol N°13.322, por el delito de secuestro calificado de la víctima Pedro Mella Vergara.

OvalleHoy.cl