Los hechos ocurrieron el pasado 6 de enero de este año en la comuna de Coquimbo, en donde el detenido, un menor de edad, habría disparado en reiteradas oportunidades contra dos personas, una de las cuales falleció producto de las heridas provocadas por los proyectiles.
El Juzgado de Garantía de Coquimbo dejó hoy –miércoles 18 de enero– sujeto a la medida cautelar de internación provisoria al adolescente B.A.G.R., imputado por el Ministerio Público como autor de dos delitos de homicidio calificado (uno consumado y el segundo frustrado) y porte ilegal de armas de fuego. Ilícitos perpetrado a principios de mes, en el sector de Tierras Blancas de la comuna.
En la audiencia de formalización, la magistrada Loreto Figueroa Tolosa ordenó el ingreso de B.A.G.R. al Centro de Internación Provisoria de La Serena, por considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Además, fijó en 75 días el plazo de investigación.
Al resolver la cautelar la magistrada Figueroa Tolosa consideró que: “Cualquier cautelar del artículo 155 va a ser insuficiente para garantizar la seguridad de la sociedad en atención a las circunstancias que rodean la comisión del hecho, a la conducta desplegada por el menor y al hecho que en caso de una eventual sentencia condenatoria la pena probable a imponer es la privativa de libertad. Por tanto, tomando en consideración lo expuesto se accede a lo solicitado por el Ministerio Público y se decreta la medida cautelar de internación provisoria respecto del menor B.A.G.R.”.
Según el ente persecutor, aproximadamente a las 17 horas del 6 de enero de 2023, el B.A.G.R. y E.M.P.F. (con orden de detención vigente) previamente concertados, llegaron a bordo de una moto marca Suzuki hasta la esquina del pasaje H de Tierras Blancas, comuna de Coquimbo, lugar donde se encontraban las víctimas, M.P.P.B. y V.G.R.R., a quienes les dispararon en reiteradas oportunidades con las armas de fuego que portaban (pistolas), tras lo cual huyeron del lugar.
A consecuencia de los disparos, M.P.P.B. resultó fallecido por un hemotórax derecho necesariamente mortal, aunque hubiese recibido auxilio médico en forma oportuna y eficaz. En tanto, V.G.R.R. salvó ileso.