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Insisten en que se debe asegurar personal para las tareas del concejo y de los concejales

A través de un proyecto de acuerdo solicitan a la Presidenta de la República, el envío de una norma interpretativa de la LOC de Municipalidades sobre la expresión «medios» para desarrollar la labor. No obstante que la Contraloría General de República interpreta que la expresión “medios de apoyo” no considera recursos humanos».

Un grupo transversal de senadores presentó un proyecto de acuerdo  por el que solicitan a la Presidenta de la República, el envío de una norma que interprete el artículo 92 bis de la ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, introducido por la ley 20.742, para que la expresión «medios» sea comprensiva, a lo menos, de los conceptos: personal de planta, contrata y a honorarios que el municipio pueda disponer para las tareas propias del concejo y de los concejales, de modo tal que desarrollen debida y oportunamente las funciones, facultades y atribuciones que dicha ley les confiere». Acuerdo fue respaldado por unanimidad.

Esto, teniendo en cuenta que con la entrada en vigencia de la Ley 20.742, el 1° de octubre 2014, “se marcó un importante hito para el Municipalismo, no solo porque implementara nuevas formas de fortalecer la transparencia y creara nuevos cargos, sino por que dicha ley, fortalecía la labor fiscalizadora del Concejo Municipal, labor que había sido tan cuestionada, por carecer de medios claros de ejecución”, se desprende del texto legal.

Se destaca además que “la discusión esta vez no se centraba en la importancia de otorgar o no al concejal de más y mejores facultades de fiscalización, sobre los actos alcaldicios de administración, sino que reside en el pleno consenso entre Alcaldes, Concejales y todo el aparato legislativo sobre la urgente necesidad de acabar con la precariedad de falta de medios y personas para realizar dicha labor, de establecer un «estándar mínimo» por sobre el cual, el concejal puede ejercer las diversas labores que le entrega la ley, en forma digna y eficiente”.

CUMPLIR LA LEGISLACIÓN

En este contexto, se espera que se cumpla a cabalidad lo dictado por la legislación, en que «cada municipalidad, en concordancia con su disponibilidad financiera, deberá dotar al Concejo Municipal y a los Concejales de los medios de apoyo, útiles y apropiados, para desarrollar debida y oportunamente las funciones y atribuciones que esta ley le confiere, atendido el número de concejales de la municipalidad».

No obstante, en abril de este año la Contraloría General de República da a la expresión medios de apoyo del artículo 92 bis, mediante dictamen N° 34231: «los medios de apoyo del Art. 92 bis de la ley 20.742 no considera recursos humanos», con lo que impide que los concejales y el Concejo Municipal puedan contar personal municipal que los asista. Incluso, ha iniciado juicios de cuentas a los alcaldes y funcionarios municipales que participaron contratando personal, para cumplir la labor de apoyo a las funciones que la ley les entrega al concejo y a los concejales.

A juicio de los autores, “es necesario hacer presente que tal interpretación es absolutamente diversa a la sostenida por el órgano contralor, desde 1993 hasta el dictamen del párrafo precedente, señalando como ejemplo el dictamen en el cual interpreta el concepto medios como los que se estimen necesarios para el cumplimiento de sus funciones, lo que comprende tanto los recursos humanos como materiales, acorde con la situación de cada municipio.»

“Esta situación, afecta gravemente un óptimo y adecuado desarrollo de las funciones tanto como del concejo y los concejales”, se reclama en el proyecto de acuerdo, por lo que se solicita un proyecto interpretativo.

OvalleHoy.cl