Durante la Audiencia de revisión de medidas cautelares y de cautela de garantías, solicitada por la defensa, en el caso de adulta mayor de 82 años imputada por parricidio, el ministerio público señaló que se trata de un caso social grave, puesto que la imputada vivía violencia intrafamiliar, hechos que fueron denunciados en varias oportunidades.
En audiencia realizada esta mañana en el Juzgado de Garantía de Ovalle se revisaron las medidas cautelares en contra de la adulta mayor de 82 años, identificada con las iniciales A.D.C.V.O., imputada por parricidio, que fueron decretadas por el tribunal el pasado domingo 19 de marzo, disponiendo su prisión preventiva e ingreso al Centro de Detención Preventiva de Ovalle.
Tanto la Fiscalía como la Defensoría de este caso aportaron antecedentes que dan cuenta que la mujer era víctima de violencia intrafamiliar sistemática, situación denunciada en más de una oportunidad, no solo ante tribunales, sino que también en el centro de salud familiar en donde se atiende, e incluso existe un informe del Centro de la Mujer Sayén, que asiste a mujeres víctimas de violencia de género, en el que se da cuenta de la situación de vulnerabilidad social y económica en la que A.D.C.V.O. vivía.
A esto, se suman reportes médicos que informan del estado de salud deteriorado de la adulta mayor, quien cumplía con las funciones de cuidadora de su hijo de 54 años, diagnosticado con esquizofrenia. Se reportó además, el hecho de que la mujer solicitó en más de una oportunidad que su hijo fuese internado en un hospital siquiátrico, e incluso realizó una solicitud para que ambos fuesen internados en un establecimiento que pudiera cuidarlos a ambos.
En base a estos antecedentes el juez Darío Díaz señaló que «la Fiscalía fue consecuente en su momento para solicitar la prisión preventiva y cuando surgen estos nuevos antecedentes es consecuente con el principio de objetividad y solicitar esta modificación».
A esto, el magistrado agregó que es «claro y evidente, por lo que ha dicho la defensa y la fiscalía que hay una situación fáctica, extraordinaria, excepcional y que está afectando a A.D.C.V.O. y me parece del todo razonable, porque la ley en definitiva debe obedecer a la razonabilidad de la circunstancia, en morigerar, cambiar esta medida cautelar a arresto domiciliario total y que esta señora espere el juicio privada de libertad en su domicilio».
El juez Darío Díaz agregó que «al tribunal no le queda sino ser consecuente con la postura de ambos intervinientes: la Fiscalía y la Defensoría. Por lo tanto, vamos a acceder por cierto, a la sustitución de la prisión preventiva por el arresto domiciliario total, que tendrá que cumplir en el domicilio que hizo referencia la defensa. Vamos a oficiar a carabineros para que fiscalice aleatoriamente en ese domicilio, haciendo presente a carabineros y también a la PDI que la señora está sometida a controles de salud en el Cesfam y en el Hospital de Ovalle, por lo tanto el arresto tiene como excepción las visitas a los centros de salud referidos por sus controles y atenciones de salud».
Finalmente el magistrado dio la orden de egreso de A.D.C.V.O. del Centro de Prevención Preventiva de Ovalle, para que cese la prisión preventiva. El tribunal mantuvo los 120 días de plazo para realizar la investigación.