Mientras unos cuestionan el fallo del Tribunal Oral de Ovalle que condenó a su autor a la pena de cinco años de reclusión con el beneficio de libertad vigilada especial, surgen opiniones desde la misma familia de la víctima que apoyan el veredicto y al victimario.
En la resolución, el TOP ovallino dio por acreditado que el 28 de julio de 2015, a eso de las 15:30 horas, al interior del inmueble ubicado en la población Nueva Bellavista, de la comuna de Ovalle, Olmos Barraza, “procedió a golpear a su cónyuge doña Karol Alexandra Pizarro Chacana para luego proceder a apuñalarla, con una tijera de podar, en diversas partes del cuerpo y especialmente a la altura del cuello. Producto de lo anterior doña Karol Pizarro resultó con heridas corto punzantes múltiples en región facial, cuello, hombro, tórax y mama derecha, estas dos últimas clínicamente graves, como así también fractura de cráneo también de carácter grave, lesiones que de no mediar atención médica oportuna y eficaz comprometían su vida. Esta acción de acometimiento se detuvo únicamente por un disparo percutado por Carabineros que ingresó al inmueble quienes lograron reducir a Olmos Barraza.”.
En el fallo, el tribunal consideró en favor del sentenciado la atenuante de responsabilidad penal establecida en el artículo 11 N° 5 del Código Penal, esto es, “la de haber obrado por estímulos tan poderosos que naturalmente le hayan causado arrebato u obcecación, toda vez que (…) en el momento previo a la agresión se había develado la infidelidad de su cónyuge, con quien estaba casado hacía 15 años y mantenía dos hijos en común”.
Por reunirse los requisitos legales en la especie, el tribunal conmutó el cumplimento efectivo de las penas por la libertad vigilada intensiva.
En las últimas horas esta resolución, marcada por lo señalado que el victimario actuó obrado por estímulos tan poderosos que le hubieren causado arrebato u obcecación por la previa develación de la infidelidad de su cónyuge, llamó la atención de medios de comunicación nacionales, parlamentarios, y en especial de la comunidad.
De hecho al mediodía de hoy hasta las puertas del Tribunal de Ovalle llegó un grupo de alrededor de seis mujeres, vinculadas a movimientos feministas, para expresar a través de letreros su repudio a esta situación.
EL INSOLITO APOYO DE LA FAMILIA DE LA VICTIMA AL AGRESOR
En contraste con eso, llamaron la atención del periodismo las declaraciones que hizo la madre de la víctima, Trinidad Chacana, a periodistas de ChileVisión la que describió a su yerno como un padre muy preocupado, y que “ lo que pasó fueron cosas de un momento de arrebato, nada más que eso”.
“De mi yerno no tengo nada mal que hablar, de lo contrario, me la he sufrido toda, he llorado mucho y lo único que quiero es que quede en libertad. Está bien dejarlo en libertad porque sus hijos lo necesitan afuera, no lo necesitan adentro. Imagínense si el queda preso, que van a ser de mis nietos, porque mis nietos se van a tirar a la drogadicción. Los jueces vieron el comportamiento de mi yerno, las causas y todo, yo estoy totalmente agradecido del tribunal de Ovalle, les estoy eternamente agradecidos porque ellos hicieron lo justo”, agregó.
Estas declaraciones se suman a los dichos de la misma víctima durante el juicio oral afirmó que se trató de un hecho aislado en su historia familiar, y que el sentenciado es un hombre trabajador y buen padre de familia y que la ocurrencia de un factor emocional, fue el elemento gatillante de la agresión.
Durante el juicio ella dijo que su fractura de cráneo no habría sido producido por los golpes de su esposo, sino por una caída fortuita de ella mientras huía hacia el patio, donde luego ocurrieron los ataques con una tijera de podar en distintas partes del cuerpo.
DEFENSOR NARRA COMO OCURRIERON LOS HECHOS
Por otra parte el defensor penal público de Ovalle, Gerardo Tagle, titular de la causa, aseguró que se ha tendido a comentar con ligereza lo ocurrido sin leer el fallo.
“Las cosas hay que verlas en su real dimensión. También acá se ha hablado en forma liviana de confesión de infidelidad para configurar la atenuante , pero también había otras circunstancias aminorantes de responsabilidad penal, como que él jamás negó su participación en los hechos, él goza de irreprochable conducta anterior, es un hombre de trabajo, padre de familia, casado por más de quince años, mas de veinte de convivencia, y que producto de estas circunstancias especialísimas se vio enfrentado a la circunstancia que quizás no era la más adecuada, pero ajena a la voluntad”.
Refutó asimismo que se hable de “impunidad” haciendo notar que Olmos Barraza tiene que cumplir una pena de cinco años de libertad asistida especial, con controles severos a cargo de un delegado de libertad vigilada, con prohibición absoluta de acercarse a su esposa, con prohibición de tenencia de armas de fuego, y la obligación de someterse a un tratamiento de control de impulsos. “Cualquiera de estas obligaciones que no cumpla y eventualmente si comete un nuevo delito, automáticamente va a tener que cumplir el resto de su condena en una unidad penal. Por lo tanto tampoco hay impunidad como han dicho algunos actores, livianamente, respecto de mi representado”.
Refiere a cómo ocurrieron los hechos ese 28 de julio. Alrededor de las 15.00 horas, en los momentos que la víctima se duchaba, se recibió en su teléfono el llamado de un hombre. Se trataba de la eventual pareja de su esposa la que “en forma grosera le refiere que estuvo con ella, que había participado en actos de carácter sexual, incluso emitió unos comentarios bastante groseros en tal sentido”, dice Tagle.
Cuando la mujer sale del baño él le pregunta y ella lo niega. Unos minutos mas tarde llega carabineros a la puerta, y ella también niega haberlos llamado. “Y es en ese momento, al llegar carabineros, mi representado pierde el control de sus impulsos, (…) y lamentablemente reacciona de la manera como lo hizo”. Forcejean y ella se suelta y corre hacia el patio, hasta donde él la sigue recogiendo de paso la tijera de podar que momentos antes había estado limpiando de regreso de su trabajo en viñas.
Difieren las partes en la versión que la mujer habría resbalado golpeándose la cabeza contra el suelo , entregada por la misma víctima, y la de los testigos y peritos que el hombre habría azotado la cabeza contra el cemento. Fue en ese momento que ingresa al domicilio un funcionario de carabineros que sólo mediante el uso de su arma de fuego, consigue que el hombre detenga su ataque con la tijera.
Tagle asegura que la misma víctima en el juicio oral habría manifestado que ella no quiere que su esposo esté privado de libertad, que prefiere que rehaga su vida, que ella va a hacer su vida y posteriormente los dos en conjunto ayudar a sus dos hijos, de 17 y 15 años. “Para los que opinan de esto, hay que decir que en el juicio estuvieron la familia de la víctima y de mi defendido, unidas, viendo cómo podían solucionar este grave conflicto”, concluyó.
REVISION DEL FALLO
Por su parte desde el Ministerio Público señalan que el fallo está siendo revisado por la Unidad de Asesoría Jurídica de la Fiscalía Regional y evaluar si procede la interposición de un recurso de nulidad.
El Fiscal del caso, Herbert Rohde, espera analizar el fallo y cabe recordar que en la discusión de las atenuantes, al final del juicio oral, se opuso a lo argumentado por la defensa respecto a que la supuesta infidelidad habría sido motivo de arrebato u obcecación del acusado.
Finalmente, la magistrada Eugenia Victoria Gallardo Labraña, redactora del texto del fallo, y el único voto de prevención en la sentencia, se excusó de emitir declaraciones a nuestro medio, afirmando que los jueces opinan a través de sus fallos.