Por mayoría fue despachado el proyecto que modifica el Código Civil y otros cuerpos legales para permitir el matrimonio de parejas del mismo sexo y regular los derechos y obligaciones que adquirirán quienes lo celebren.
En condiciones de convertirse en ley se encuentra el proyecto sobre matrimonio igualitario. Esto, luego de que el Senado respaldara por 21 votos a favor , 8 en contra y 3 abstenciones el informe de la Comisión Mixta, el que también fue ratificado en esta misma jornada, por la Sala de la Cámara de Diputados .
El mensaje modifica el Código Civil y otros cuerpos legales para permitir el matrimonio de parejas del mismo sexo y regular los derechos y obligaciones que adquirirán quienes lo celebren, convirtiendo a Chile en el país número 25 en el mundo en reconocer el matrimonio igualitario y el número 6 de América latina.
MIXTA
Cabe recordar que el informe de la Comisión Mixta despejó las dudas sobre filiación, derechos laborales y actualización de la ley de identidad de género. Al respecto, el senador Pedro Araya, presidente de la instancia detalló los antecedentes y tramitación del texto legal y preció los acuerdos alcanzados, entre otros:
“La filiación del hijo que nazca por la aplicación de técnicas de reproducción humana asistida, quedará determinada respecto de las dos personas que se hayan sometido a ellas”.
“En ningún caso el establecimiento del régimen del cuidado personal podrá fundarse en razón de la raza o etnia, la nacionalidad, la orientación sexual, la identidad o expresión de género, la apariencia personal o cualquier otra categoría que resulte discriminatoria”.
Sobre derechos laborales: “Los derechos que correspondan a la madre trabajadora referidos a la protección a la maternidad regulados en este Título, serán aplicables a la madre o persona gestante, con independencia de su sexo registral por identidad de género. A su vez, los derechos que se otorgan al padre en el presente Título, también serán aplicables al progenitor no gestante”.
Asimismo, se actualizaron sendos aspectos de la ley de identidad de género.
Durante el debate, los senadores agradecieron a “los que han hecho de esta una causa importante” y destacaron el avance hacia la igualdad de derechos; el dar paso un adelante para dar dignidad; el fin de arbitrariedades y discriminaciones y el reconocer diversos tipos de familia y de amor.
En otra vereda, los votos en contra dejaron constancia que el derecho no afecta las relaciones amorosas, sino que lo patrimonial; además, se indicó que el proyecto no prioriza el interés superior de niños y niñas.
AVANCES
El texto precisa que las leyes u otras disposiciones que hagan referencia a las expresiones marido y mujer, marido o mujer, se entenderán aplicables a todos los cónyuges, sin distinción de sexo, orientación sexual o identidad de género.
Los padres y las madres de una persona son sus progenitores, respecto de los cuales se ha determinado una relación de filiación. Se entenderán como tales a su madre y/o padre, sus dos madres, o sus dos padres.
Las leyes u otras disposiciones que hagan referencia a las expresiones padre y madre, o bien, padre o madre, u otras semejantes, se entenderán aplicables a todos los progenitores, sin distinción de sexo, identidad de género u orientación sexual, salvo que por el contexto o por disposición expresa se deba entender lo contrario.