Jefe del Departamento Jurídico del Municipio de Ovalle asegura sin embargo que se trata de una sentencia de primera instancia de un tribunal laboral y que será impugnada ante la Corte de Apelaciones de La Serena.
En febrero de este año el profesor de castellano Luis Alberto Araya Castillo, fue desvinculado de sus funciones por su empleador, el Departamento de Educación Municipal, según los requirentes, de manera incausada. Araya Castillo se había desempeñado desde agosto de 1979 en labores docentes en establecimientos del sistema primero estatal y desde 1981 municipal . En el mes de marzo de 1990, fue ascendido a evaluador, posteriormente Jefe Técnico e Inspector General, desempeñando sus funciones en el Liceo A-9, hasta el año 2005. A contar del año 2006 ingresó como Director al Colegio de Administración y Comercio El Ingenio.
El exonerado docente , a través del abogado particular, Juan Pablo Corral, recurrió al tribunal Laboral de Ovalle, en el Tercer Juzgado de Letras, con el propósito de declarar incausado o en subsidio improcedente, injustificado o indebido, el despido y se condene a la demandada a hacerle pago de las indemnizaciones y demás prestaciones que demanda.
En definitiva el tribunal, el pasado miércoles 26 de agosto, a través de resolución del Juez subrogante Andrés Elgueta Muñoz, resolvió en favor del demandante, disponiendo el pago de una suma total ascendiente a $ 80. 949.105 al despedido profesor.
Esta cifra se desglosa en a) Saldo de indemnización por años de servicio correspondiente a la suma de $ 46.770.594. ; b) Indemnización sustitutiva del aviso previo correspondiente a la suma de $ 1.798.869. y c) Recargo establecido en la letra b) del artículo 168 del Código del Trabajo correspondiente al 50 % de la indemnización por años de servicio, equivalente a la suma de $ 32.379.642.
Consultada la Municipalidad en relación a este fallo, el Jefe del Departamento Jurídico, Sergio Galleguillos, explicó que se trata de una resolución de primera instancia de un tribunal con competencia laboral.
“Por tanto no estamos en presencia de una sentencia ejecutiva y ejecutoriada , es decir aún hay instancias para que se pueda discutir el caso en los tribunales superiores , y se va a presentar en la Ilustrísima Corte de Apelaciones de La Serena un recurso de nulidad que impugne la sentencia”.
Agregó que notificada la Municipalidad se tiene un plazo de diez días para formalizar un recurso de nulidad ante la Corte y será el abogado Claudio Ardiles Araya el encargado de materializar este recurso ante el Tribunal Superior a objeto que se discuta la resolución.