Señor Director:
En Enero de este año, el Profesor Luis Oro, se refirió en medios locales, a los ruidos molestos en la ciudad de Ovalle, calificándolos de estridentes, invasivos y bulla infernal. Describe las fuentes y el sufrimiento de los afectados y recuerda que en junio de 1991 la administración del alcalde Eugenio Darrigrande promulgó una ordenanza que buscaba “entregar a la comunidad el bienestar y tranquilidad merecido a través de un ordenamiento jurídico”, regulando aquellas acciones que “tiendan a causar, producir, estimular o promover sonidos, vibraciones o ruidos molestos extraordinarios cuales sean su origen cuya duración en razón de la hora, lugar o grado de intensidad, perturbe la tranquilidad, el reposo del vecindario o la población en general, o que cause daño material o síquico; sea que el mismo se produzca día o noche en las vías públicas o en los locales destinados a la habitación, al comercio, a la industria o a pasatiempos”
Y agrega: “Pero parece que eso no lo saben los mercachifles ni quienes avalan su conducta. Nada que decir; no tienen por qué saberlo; aunque tampoco se justifica el que no lo sepan”.
Ello porque de acuerdo a lo que señala la ordenanza publicada el viernes 28 de junio del 1991 en el Diario Oficial y vigente hasta la fecha, queda estrictamente prohibido:
La producción de música de cualquier naturaleza en la vía pública, con exclusión de aquella autorizada expresamente por la Municipalidad y de un modo absoluto el uso de difusores o amplificadores y todo sonido que altere la y tranquilidad, quietud o reposo del vecindario a cualquier hora del día.
Los vecinos de Santa Catalina Norte le hemos solicitado reiteradamente a la autoridad municipal que, previo a otorgar permisos para la realización de actos masivos, considerar las condiciones objetivas del sector en términos de los riesgos para la salud pública, seguridad y tranquilidad de los residentes – adultos mayores y niños – peligros de incendio y transgresión de la normativa ambiental en cuanto a contaminación acústica, lumínica y disposición de residuos. Es decir, respetando el derecho que nos asiste de vivir en un ambiente seguro y libre de contaminación.
Nuestra justa solicitud no ha sido escuchada por la autoridad y ha autorizado la realización de una fiesta masiva nocturna, convocada a través de las redes sociales en el sitio denominado Rancho Peñazco, ubicado en el medio de nuestro sector residencial. Es atribución del municipio autorizar este tipo de eventos, sin embargo creemos que tal atribución conlleva la responsabilidad del bienestar común antes que el interés monetario de los financistas de estas actividades.
Todo lo cual nos ha llevado a nuestro pesar a presentar un recurso de Protección anta la Corte de Apelaciones, porque como sostiene el Profesor Oro: “el tema es que la Ordenanza existe, está vigente, pero todos miran hacia el lado a la hora de hacerla cumplir. ¿Por qué? ¿Hay abandono notable de deberes, negligencia o qué?”
Rafael Ledezma Sapunar.
Presidente Comité de Adelanto y Seguridad Santa Catalina Norte
Ovalle, 15.09.2016