El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena condenó a un hombre de 38 años de edad a la pena de 12 años de presidio, como autor del delito frustrado de femicidio contra su exconviviente y madre de un hijo en común. Ilícito perpetrado en noviembre de 2022.
En fallo unánime el tribunal –integrado por las magistradas María Inés Devoto Torres (presidenta), Jimena Pérez Pinto y Victoria Gallardo Labraña (redactora)– condenó, además, al sentenciado a las pena de 5 años y un día de presidio efectivo por el delito consumado de receptación de vehículo motorizado; 3 años y un día de presidio efectivo y multa de 10 UTM por el delito de porte ilegal de arma de fuego y municiones; y un año por cada uno de los tres delitos consumados de amenazas contra personas y propiedades en relación a violencia intrafamiliar.
Atendida la cuantía de las penas impuestas, deberán cumplirse de manera efectiva privado de libertad, en orden sucesivo, principiando por la más grave, abonándose a su favor el tiempo que ha permanecido preso por esta causa desde el 1 de diciembre pasado a la fecha. Luego del cumplimiento de las penas, el condenado deberá cumplir la prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo o estudio y a cualquier otro lugar al concurra o visite habitualmente por el período de 2 años.
En cuanto a los hechos, el tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en la madrugada del 27 de noviembre de 2022, mientras la víctima se encontraba en su domicilio en la comuna de La Serena, llegó al lugar el sentenciado, y con la intención de matarla le disparó con un arma de fuego tipo escopeta que no mantenía las autorizaciones legales para su posesión, ocasionándole la pérdida de los dedos pulgar e índice, parte del dedo medio y una lesión central de la mano.
En el lugar se encontraron en posesión del victimario, sin contar con la respectiva autorización de la autoridad competente, dos cartuchos a fogueo modificados y un cartucho con proyectil del tipo no encamisado, además de una motocicleta que había sido robada el 1 de junio del 2022 en la comuna de La Serena, conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de ese vehículo.
Así también, el 25 de noviembre cerca de las 22.00 horas, en las afueras de un domicilio en La Serena, amenazó a la víctima por intermedio de su madre a quien le dijo que donde viese a su hija la iba a matar.
Anteriormente, el 31 de marzo de 2022, aproximadamente a las 22:30 horas en la vía pública el victimario insultó y amenazó a la víctima mientras le exhibía con una de sus manos una resortera. En tanto que el 1 de marzo, en el mismo lugar en horas de la tarde, se acercó la mujer diciéndole que ella no podía ir a ningún lado y solo debía quedarse en su casa, escupiéndola, tirándole el pelo y forcejeando con ella, intimidándola con dos armas blancas que portaba en un bolso tipo banano.
Respecto a la decisión del tribunal, la magistrada Gallardo Labraña manifestó que “se trata del juzgamiento de varios delitos que, según la convicción a la que arribó el tribunal, obedecen a una dinámica de violencia de género en el cual el acusado era el agresor y la víctima era quien lo padeció durante un período extendido, agudizándose en el último tiempo según se logró acreditar en el juicio”.
En ese sentido –agregó- “resulta relevante destacar en esta causa, que no obstante que la víctima aparecía como retractada desde el inicio de la investigación, lo que manifestó también con su decisión de no prestar declaración en la audiencia de juicio, aquello no fue obstáculo para que pudiésemos arribar a una decisión condenatoria. Muy relevante fueron las primeras indagaciones de la Policía de Investigaciones donde tomaron declaraciones a las amigas y vecinos que no solamente informaron sobre lo ocurrido el día de los hechos, sino que también sobre el contexto previo, así como las declaraciones de familiares de la víctima que dieron luces sobre la dinámica disfuncional de violencia que padecía la afectada”.
“Esta dinámica de violencia fue la que permitió, lograr convicción en orden a la acreditación del delito de femicidio frustrado, en relación a tres de las cuatro amenazas propuestas por el Ministerio Público y también otros delitos que son anexos como el porte de arma de fuego y municiones y la receptación”, concluyó.
El tribunal sentenció al victimario además al pago de las costas y aplicó las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena (femicidio frustrado y receptación); inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena (porte ilegal); y la suspensión de cargos y oficios públicos mientras dura la condena (amenazas).
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, se dispuso que se proceda a la toma de muestra biológica del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación al registro nacional de ADN de condenados.