Habían sido detenidos por tráfico transportando cannabis.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle absolvió a Francisco Javier Ramírez Gálvez y Leyla Ilagali Hermosilla Canio del cargo formulado en su contra por el Ministerio Público, que los sindicaban como autores del delito de tráfico de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas. Ilícito supuestamente perpetrado en julio de 2017, en la comuna de Los Vilos.
Fue posible probar ante la justicia que ambas personas tenían orden médica para utilizar aceite de cannabis.
“(…) resultó probado que el destino de la marihuana transportada, guardada y poseída por los justiciables era producir el aceite de cannabis que le fuere recetada a ambos, ya en diciembre de 2016, por un facultativo médico, para tratar las patologías que sufrían, por lo que las conductas desplegadas por los agentes no es constitutiva de trafico alguno y ni aun siquiera era para consumir con fines recreacionales, sino que se probó que el objetivo era exclusivamente terapéutico, como parte de un tratamiento médico”, sostiene el fallo.
En fallo unánime (causa rol 36-2018), el tribunal –integrado por los jueces Rubén Bustos (presidente), Andrés Elgueta y Cristián Alfonso (redactor)– decretó la absolución de Ramírez Gálvez y Hermosilla Canio, tras establecer que la cannabis sativa tenía fines terapéuticos