El acusado ingresó conduciendo un automóvil a un servicentro de Ovalle a cargar combustible, retirándose sin pagar el servicio. Momentos después fue fiscalizado por Carabineros, quienes constataron que conducía sin contar con la licencia respectiva y en estado de ebriedad.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle dictó –en su primer juicio realizado en forma semipresencial- veredicto condenatorio en contra un acusado, en calidad de autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir. Ilícito perpetrado en junio de 2018, en la ciudad.
En resolución unánime, los jueces Felipe Pizarro, Ana Marcela Alfaro y Claudio Weishaupt, que participaron a través de videoconferencia, tras conocer la declaración de acusado y testigos, presentes en el tribunal, y luego de la deliberación de rigor, dieron por acreditado tanto la ocurrencia del delito, como la participación culpable en los hechos.
El tribunal estableció, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 4.30 horas del 27 de junio de 2018, el acusado ingresó conduciendo un automóvil a un servicentro de la comuna de Ovalle a cargar combustible, retirándose sin pagar el servicio. Momentos después fue fiscalizado por personal de Carabineros, quienes constataron que conducía sin contar con la licencia respectiva y en manifiesto estado de ebriedad, con un fuerte hálito alcohólico y rostro congestionado, arrojando una dosificación 1,33 gramos de alcohol por mil de sangre.
La audiencia de comunicación de la sentencia quedó agendada para las 13 horas del próximo martes 18 de agosto, vía Zoom.
MAS DE 70 AUDIENCIAS
Desde el 19 de marzo a la fecha, el tribunal ha realizado más de 70 audiencias tales como revisión de prisión preventiva, autorización de diligencias, medidas cautelares, plan de intervención individual, entre otras, en tanto, que otras 80 han sido reprogramadas. Asimismo, en conjunto con intervinientes e imputados, se han desarrollado cerca de 30 audiencias de coordinación y factibilidad para determinar la posibilidad de juicios semipresenciales o por videoconferencia, sin afectar los derechos de los intervinientes, siendo requisito fundamental para la realización de éstos, que todas las partes aprueben su desarrollo.