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Dictan veredicto condenatorio contra autor de atropello con resultado de muerte en Puente Viñitas

El accidente de tránsito ocurrió el 25 de agosto de 2018, cuando el conductor identificado con las iniciales L.A.V.A. conducía en estado de ebriedad y sin licencia de conducir, por lo que el TOP de Ovalle dictó veredicto condenatorio en su contra, y la sentencia será comunicada el próximo viernes 5 de agosto.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle dictó hoy veredicto condenatorio en contra de L.A.V.A. en calidad de autor de los delitos consumados de conducción en estado de ebriedad sin licencia de conducir con resultado de muerte y lesiones leves e incumplir la obligación de detener la marcha, prestar ayuda a las víctimas y de dar cuenta del accidente a la autoridad. Ilícitos perpetrados en agosto de 2018, en la comuna.

En resolución unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Rubén Bustos Ortiz(presidente), Claudio Weishaut Milner e Iván Vial Aguilar (redactor)– tras la deliberación de rigor, dio por acreditado tanto la ocurrencia de los delitos como la participación culpable del L.A.V.A. en los hechos.

El tribunal arribó a la convicción, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las cuatro de la madrugada del 25 de agosto de 2018, el acusado condujo sin haber obtenido licencia de conducir y en estado de ebriedad un automóvil marca Nissan por la ruta D 55 en dirección a Ovalle. Al llegar a la altura del kilómetro 7
de dicha vía, puente Viñita, debido a las condiciones en que conducía y al no estar atento a las condiciones del tránsito, perdió el control del vehículo, se salió de la calzada e impactó a las víctimas, causándole a N.A.C.R. un trauma facial de carácter leve y a Y.P.C.C., de 19 años de edad, la muerte por un politraumatismo de alta
energía.

Tras el accidente, L.A.V.A. huyó del lugar sin detener la marcha, prestar ayuda a las víctimas y sin dar cuenta del accidente a la autoridad competente, siendo detenido horas después por personal de Carabineros.

Al resolver la condena del acusado, el tribunal consideró que “(…) las pruebas rendidas en el juicio resultaron suficientemente creíbles y contundentes para derribar la presunción de inocencia que lo amparaba, sumado además a la propia declaración del encausado, quien se situó en el lugar de los acontecimientos y en lo esencial reconoció los hechos en que se fundó la acusación fiscal, siendo su relato concordante con los demás elementos de comprobación rendidos en el juicio”.

“Por estas sucintas consideraciones que serán desarrolladas en la redacción de la sentencia, este Tribunal ha resuelto por unanimidad de sus integrantes, condenar a L.A.V.A. como autor de un delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, sin haber obtenido licencia de conducir con resultado de lesiones leves y muerte previstas y sancionadas en el artículo 196 (…) y como autor de un delito consumado de incumplir la obligación de detener su marcha, prestar ayuda a las víctimas y dar cuenta de estos hechos a la autoridad previsto y sancionado en el artículo 195 de la Ley 18.290 de Tránsito”, añade.

La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por el magistrado Vial Aguilar– quedó fijada para las 15.00 horas del viernes 5 de agosto próximo.

OvalleHoy.cl