InicioActualidadEconomíaFeriados obligatorios e irrenunciables para trabajadores del comercio en fin de año

Feriados obligatorios e irrenunciables para trabajadores del comercio en fin de año

Se aproximan dos días que son feriados irrenunciables para los trabajadores del comercio en este fin de año: 25 de diciembre y 01 de enero. Pero hay excepciones.

Esto es aquellos que se desempeñan en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimientos, tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.

Tampoco es aplicable a los trabajadores de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y de las farmacias que deben cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. Las tiendas de conveniencia asociadas a establecimientos de venta de combustibles podrán atender público en la medida que coexista la actividad de venta directa de los productos que allí se ofrecen, con la elaboración y venta de alimentos preparados, que pueden ser consumidos por el cliente en el propio local.

Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, los trabajadores exceptuados de los descansos irrenunciables en el comercio tendrán derecho a los mismos, a lo menos, una vez cada dos años respecto de un mismo empleador, pudiendo pactar con este la rotación del personal necesario para este fin.

OvalleHoy.cl