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Las respuestas de Claudio Rentería ante el Tribunal Electoral Regional

El alcalde de Ovalle se presentó personalmente ante la instancia y respondió en una hora y 37 minutos a las 77 consultas que abarcaron los temas principales del requerimiento de remoción presentado por cuatro concejales ante el TER.

A las 14:05 horas de ayer jueves 16 de enero, en la sede del Tribunal Electoral Regional en la calle Arturo Prat de La Serena, el alcalde de Ovalle Claudio Fermín Rentería Larrondo comenzó a responder las 77 preguntas del requerimiento de remoción identificado con el rol 4002-2019.

Fueron varios los temas a los que debió entregar respuesta: el Déficit de casi 7 mil millones de pesos en el Departamento de Educación Municipal de Ovalle; el pago de horas extras a su cuñada y aumentos de sueldos a funcionarios con fondos de la Ley SEP; La situación del cargo de Secretario Municipal y la suplencia que desde hace 8 años ejerce la funcionaria Ana María Araya Paris; La negativa a reincorporar alex jefe de finanzas municipal, Roberto Ábalos Ábalos; La situación del cargo de Jefe del Departamento de Salud Municipal; Los pagos de imposiciones con multas e intereses de trabajadores; y, por último, la situación del Director de Obras Municipal y la realización de estudios por tres meses en la ciudad de Barcelona.

Estas son las preguntas que se le hicieron y las respuestas que entregó el jefe comunal ovallino:

1.- ¿Cómo es efectivo y le consta que, en la Ilustre Municipalidad de Ovalle, existe un déficit presupuestario en el Departamento de Educación Municipal?
Claudio Rentería: “No es efectivo y debo señalar que cuando asumí el 07 de diciembre del año 2012 en la sesión del Consejo de diciembre del año 2012, estuvo la jefa de presupuesto y el jefe del departamento de educación suplente de la época, en el cual se le señaló a los señores concejales que la deuda es certificada en el acta de aproximadamente 4.700.000.000 de deuda, y posteriormente el alcalde entrante envió oficio a la Contraloría General de la República, en la cual solicita la presencia de ellos en el municipio para realizar las acciones pertinentes de cada una de las personas que estaban a cargo, en esa oportunidad, del departamento. También señalo que se han hecho otros mejoramientos administrativos. Es todo lo que tengo que informar”.

2.- ¿Cómo es efectivo y le consta que dicho déficit indicado en el numero anterior asciende a los $6.835.248.976 (seis mil ochocientos treinta y cinco millones doscientos cuarenta y ocho mil novecientos setenta y seis pesos?.
CR: “Me remito a lo señalado anteriormente”

3.- Explique a cuánto asciende el déficit presupuestario en el DEM
CR: “Me remito a lo anterior. Y señalar que hasta el día de hoy los déficit no sabemos si es positivo o negativo ya que nadie me lo ha señalado y según lo señalado por el organismo contralor son distintas opiniones referente al tema”.

4.- ¿Cómo es efectivo que mediante Informe Final n° 1320 del 30 de diciembre de 2015 la Contraloría General de la República, le informa a usted sobre la existencia de un déficit presupuestario por la suma de $6.835.248.976 (seis mil ochocientos treinta y cinco millones doscientos cuarenta y ocho mil novecientos setenta y seis pesos)?.
CR: “Me remito a lo señalado anteriormente en la pregunta Nº 1”.

5.- Explique qué fue lo que le informó la Contraloría General de la República en el informe final n° 1320 del 30 de diciembre de 2015.
CR: “Me remito a lo señalado en la primera pregunta”

6.- ¿Cómo es efectivo y le consta que el referido déficit presupuestario se produjo por el mal uso de los fondos provenientes de la Ley de Subvención Escolar Preferencial (Ley SEP)., y Programa de Integración Escolar (PIE)?.
CR: “Me remito a lo señalado en la respuesta del Nº 1”.

7.- ¿Cómo es efectivo y le consta que producto de dicho informe la propia Contraloría General de la República ordenó instruir un sumario administrativo a fin de poder indagar porque se produce dicha irregularidad, y el paradero de dichos fondos.
CR: “La Contraloría. Se hizo un sumario administrativo y señaló que ,primeramente, el Jefe de Finanzas y Administración fuese multado por no haber asesorado al alcalde es lo que señalaba la contraloría en ese sumario y posteriormente me instruye a mí poner en conocimiento al Concejo. Ese es  procedimiento administrativo que se hizo”.

8.- ¿Cómo es efectivo y le consta que con fecha 30 de marzo de 2016 se dicta por la Contraloría Regional de Coquimbo la resolución exenta nro 81, nombrándose como Fiscal Administrativo del Sumario a don Iván Flores Cayo.
CR: “Sí, es efectivo, me tomó declaración a mí”. 

9.- ¿Cómo es efectivo y le consta que en el referido sumario con fecha 13 de diciembre de 2016 se establece que usted faltó a sus obligaciones funcionarias al no adoptar medidas administrativas para esclarecer el origen de los déficits presupuestarios, que le informó la Dirección de Control Interno, a través de informes Trimestrales desde el año 2014, los cuales fueron puestos en conocimiento del Alcalde y del Concejo Municipal?
CR: “Solamente me señaló que debía ponerlo en conocimiento del Concejo Municipal, lo cual hice”

10.- ¿Cómo es efectivo y le consta que asimismo se estableció en dicho sumario que dichos recursos provenientes de la subvención escolar preferencial y del programa de integración escolar, fueron usados para fines distintos a los establecidos en la normativa vigente.
CR: “La Contraloría señala que hay déficit, en la primera consulta hablé de deuda. Señalar que el tema del déficit, la opinión de la Contraloría Regional, advertir déficit está en una situación que, en rigor, no me han señalado qué déficit. Hay ambigüedad en lo resuelto por Contraloría”.

11.- ¿Cómo es efectivo y le consta que la Contraloría General de La República tuvo por acreditada su responsabilidad administrativa en dicho déficit presupuestario?.
CR: “No es efectivo lo señalado por la Contraloría”.

12.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted ha incumplido sus obligaciones funcionarias, al no adoptar las medidas administrativas conducentes a establecer el origen de los millonarios déficit presupuestarios?.
CR: ”No es efectivo”.

13.- ¿Cómo es efectivo y le consta que la existencia de los referidos déficits le fueron informados por la Dirección de Control Interno de la misma Municipalidad, a través de los informes trimestrales que remitió al Concejo Municipal de Ovalle, desde el año 2014. 
CR: “No es efectivo”.

14.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted no ha adoptado ninguna medida tendiente a aclarar el origen del déficit presupuestario comprobado por la Unidad De Control Interno y la Contraloría General de la República.
CR: “No es efectivo. Se hizo un acto administrativo de poder resolver las deudas municipales en el departamento de Educación y hoy en día, esa deuda está saneada”.

15.- ¿Cuál o cuáles serían las medidas adoptadas, indicando fecha y número de decreto en que conste dicha medida?.
CR: “Se hicieron actos administrativos para cancelar la deuda, pero no recuerdo la fecha de los decretos ya que como alcalde debo firmarlos constantemente y no recuerdo las fechas”.

16.- Para que diga el absolvente el cómo es efectivo y le consta que usted no ha adoptado ninguna medida tendiente a aclarar el destino o paradero de los dineros faltantes y cuyo déficit fue comprobado por la Unidad De Control Interno y la Contraloría General de la República. 
CR: ”Referente a las deudas se cancelaron como correspondía y respecto del déficit no está clarificado”.

17.- En la negativa de la posición anterior o para el evento de que por cualquier razón dicha pregunta o posición no se realice explique el absolvente cual o cuales serían las medidas adoptadas, indicando fecha y numero de decreto en que conste dicha medida.
CR: “Las deudas se hicieron actos administrativos pero no recuerdo los números ni las fechas”.

18.- Para que diga el absolvente el cómo es efectivo y le consta que usted no ha adoptado ninguna medida tendiente a establecer o identificar los responsables y/o causantes de dicho déficit.
CR: “Me remito a lo contestado anteriormente y reiterar que los déficit tienen un sentido distinto a los procedimientos que tiene la Contraloría Y eso nadie lo ha certificado”.

19.- ¿Cuál o cuáles serían las medidas adoptadas, indicando fecha y numero de decreto en que conste dicha medida?.
CR: “No recuerdo”.

20.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted pese a estar en pleno conocimiento del grave déficit existente en el Departamento de Educación Municipal solicitó la aprobación del concejo municipal del PADEM del año 2015, 2016, 2017, y 2018?
CR: “Cada uno de LOS PADEMES que teníamos que verificar y que teníamos que realizar una mejor gestión como administración para mejorar la deuda”.

21.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted tuvo conocimiento del mal manejo de los recursos públicos en el departamento de educación correspondiente a la ley Subvención Escolar Preferencial (SEP)., y Programa de Integración Escolar (PIE)?
CR: “Solamente tuve conocimiento de la deuda de arrastre por la cantidad indicada anteriormente”.

22.- ¿En qué fecha tomó conocimiento de la existencia del déficit presupuestario en el Departamento de Educación Municipal?
CR: “Supuestamente tome conocimiento cuando la contraloría me notificó que había un déficit pero de acuerdo a la metodología de la contraloría yo señaló que es deuda”.

23.- ¿Cómo es efectivo y le consta que al día de hoy usted no ha explicado al Concejo Municipal el origen del déficit, el destino de dichos fondos, y sus responsables?
CR: “Todo lo referente a la deuda se ha enviado al Concejo, debo señalar que no se ha escondido ningún antecedente realizado a lo que respecta del departamento de Educación están en conocimiento de los concejales e incluso han felicitado a este alcalde por la gestión realizada consta en las actas del Concejo Municipal”.

24.- Explique a) Cual es el motivo u origen del déficit presupuestario en el Departamento de Educación Municipal, b) Cual es el destino o paradero de dichos fondos, c) Quien o quienes son los responsables por el referido déficit presupuestario.
CR: “a) El tema del déficit está en cuestión las normas de contraloría respecto de la deuda que se le ha informado debidamente a todos los señores concejales en las reuniones del Concejo.
b) reiteró nuevamente que lo que me ha referido es respecto a la deuda.
c) el tema de la deuda es responsabilidad de los funcionarios que estaban a cargo de ella en los periodos anteriores Es decir desde el 7 de diciembre de 2012 hacia atrás más bien dicho la administración anterior al 2012”.

25.- ¿Cómo es efectivo y le consta que el monto al que asciende el referido déficit presupuestario fue generado durante su gestión o administración?
CR: “Yo estoy señalando que lo que hemos hecho es Cancelar deudas lo que estén cuestionamiento en lo señalado por la contraloría

26.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted jamás le informó personal o directamente al Concejo Municipal acerca de la existencia del referido déficit presupuestario?
CR: “Me remito a lo señalado anteriormente”.

27.- Explique en qué fecha y porque medio informó acerca de la existencia del referido déficit presupuestario.
CR: “Ya está contestado”

28.- ¿Cómo es efectivo y le consta a usted que parte del déficit presupuestario generado en el departamento de educación municipal se debe a que los referidos recursos han sido utilizados en fines distintos a aquellos establecidos en la ley.
CR: “Está respondido”.

29.- ¿Cómo es efectivo y le consta que los dineros provenientes de la Subvención Escolar Preferencial y Programa de Integración Escolar, han sido utilizados en el pago de remuneraciones, indemnizaciones y cotizaciones de personal ajeno a las finalidades de las referidas leyes?
CR: “No es efectivo, debo señalar que referente a la deuda de la municipalidad en el departamento de Educación, se solicitaron en las oportunidades al Concejo Municipal, transferencias al departamento de Educación para cancelar las deudas y nunca se me informó referente a que se dejarán de pagar los sueldos, etcétera. Fueron aportes aprobados por los señores Concejales, en esa oportunidad en que se lo solicitaba”.

30.- ¿Cómo es efectivo y le consta a usted que pese a conocer de la existencia del referido déficit usted no hizo ni siquiera una denuncia a la Fiscalía Local o a la Policía?
CR: “No es efectivo. Yo sólo me he remitido solamente a cancelar deudas en el departamento de Educación lo que sí señalé, es informar al Concejo Municipal es de lo señalado por la Contraloría, que está en duda.

31.- Explique en qué fecha y por qué medio hizo la denuncia.
CR: “No hice denuncia, informé a los organismos pertinentes, según el sumario de Contraloría, en este caso al Concejo Municipal”.

32.- ¿Cómo es efectivo y le consta que según consta en el informe final de la investigación especial 391 de 2018, de Contraloría han podido establecerse diversas irregularidades de su parte en relación con el pago indebido de horas extraordinarias no justificadas, pagadas con cargo a los fondos de la ley S.E.P., a funcionarios que no han justificado servir a los fines de la precisada ley?
CR: “Referente a este tema existe un procedimiento de acuerdo a la ley de presupuesto en lo referente a las horas extraordinarias por lo tanto se tiene que ajustar a esta normativa. Complementando la respuesta es efectivo de acuerdo a las normas vigentes”.

33.- ¿Cómo es efectivo y le consta que en el departamento de educación municipal se realizaron pagos de estipendios que no se encuentran justificados ni y sin autorización del Director de Control?
CR: “Los pagos se ajustan a la normativa. Pero debo señalar que en un informe de la Contraloría, el Alcalde realizó las observaciones presentadas por este organismo, se ejecutaron y el organismo contralor quedó satisfecho”.

34.- ¿Cómo es efectivo y le consta que se encuentra casado desde el 11 de diciembre de 1981 con doña María Cecilia Araya Aracena?
CR: “Sí, es efectivo señalar que estoy casado con ella, educadora de párvulos desde el 12-12-1981 con una hermosa familia de 3 hijos y me siento orgulloso”.

35.- ¿Cómo es efectivo y le consta que su cónyuge es Funcionaria Municipal dependiente del Departamento de Educación Municipal de Ovalle, quien cumple funciones como Orientadora de la Escuela Oscar Araya Molina?
CR: “Es efectivo, lo ganó por concurso público, sin ser alcalde”

36.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted es cuñado de doña Ximena De Lourdes Araya Aracena?
CR: “Si, es efectivo”.

37.- ¿Cómo es efectivo y le consta que su cuñada es funcionaria municipal, cumpliendo funciones como Administrativo no Docente del Departamento de Educación Municipal de Ovalle?
CR: “Ella es funcionaria del departamento de Educación Municipal”.

38.- ¿Cómo es efectivo y le consta que conforme a decreto alcaldicio 389 de 2018, fue firmado por usted?
CR: “No lo recuerdo”.

39.- Para que diga el absolvente el cómo es efectivo y le consta que conforme a dicho decreto usted dispuso que su cuñada doña Ximena de Lourdes Araya Aracena pasara a ejercer como “ENCARGADA DE RELACIONES PÚBLICAS DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN” con 44 horas semanales?
CR: “No lo recuerdo”.

40.- Para que diga el absolvente el como es efectivo y le consta que no existe en la Municipalidad de Ovalle, el cargo de “ENCARGADA DE RELACIONES PÚBLICAS DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN”, ya que no está contemplado dentro de la estructura organizacional del DAEM. 
CR: “No recuerdo si existe dicho cargo”.

41.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted aprobó y autorizó el pago de horas extras de su cuñada doña Ximena Araya Aracena.
CR: “No recuerdo”.

42.- ¿Cómo es efectivo y le consta a usted que conforme a decretos firmados por usted su cuñada percibió por el periodo enero de 2017 a abril de 2018, la suma de $6.654.393(seis millones seiscientos cincuenta y cuatro mil trescientos noventa y tres pesos), solo por concepto de horas extras?
CR: “No recuerdo”.

43.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted autorizó el pago de las referidas horas extras de su cuñada Ximena Araya Aracena, pese a no existir documentos que respalden ni la necesidad de su ejecución ni la existencia misma de dichos trabajos? 
CR: “No recuerdo”.

44.- ¿Cómo es efectivo y le consta a usted que su cuñada doña Ximena Araya Aracena es la única funcionaria del Departamento de Educación que no utiliza el registro biométrico, para comprobar su asistencia al trabajo?
CR: “No recuerdo”.

45.- ¿Cómo es efectivo y le consta que su cuñada doña Ximena Araya Aracena utiliza solo un libro para registrar su asistencia?
CR: “No recuerdo”.

46.- ¿Cómo es efectivo y le consta que los referidos decretos de pago de estas horas extras no están visados por la unidad de control?
CR: “No recuerdo”.

47.- ¿Cómo es efectivo y le consta que conforme al Manual de Confección de decretos de Pago ya aludido emanado del propio municipio, dichos decretos deben ser visados por la Jefa de la Unidad de Control Interno del Municipio?
CR: “No recuerdo”.

48.- ¿Cómo es efectivo y le consta que con recursos provenientes del Departamento de Educación Municipal se dispuso financiar las remuneraciones y horas extras de la Sra. Ximena Araya Aracena?
CR: “No recuerdo”.

49.- ¿Cómo es efectivo y le consta a usted que las funciones que debe desarrollar su cuñada doña Ximena Araya Aracena no tienen nada que ver con el referido departamento de educación?
CR: “No recuerdo”.

50.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted no se abstuvo de firmar los decretos de pago de horas extras de su cuñada doña Ximena Araya Aracena y tampoco se abstuvo de firmar una modificación de su contrato de trabajo? 
CR: “No recuerdo”.

51.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted autorizó los aumentos de sueldos tanto a la María José Cerda Arancibia como a don Gastón Carvajal Madariaga, pese a que no existe ningún documento que justifique dichos aumentos?
CR: “Esos aumentos son referidos a la normativa vigente y se ajustan a ésta y también se le señaló al organismo pertinente, Contraloría”.

52.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted autorizó pagos de asignaciones profesionales a Nelson Olivares Manques, Sigfrido Villar Vega y Melisa Egaña Carrasco, las que ascendieron a la suma de $45.306.278, pese a no haberse dictado ningún decreto que fundamentara la existencia ni la procedencia de las mismas?
CR: “Se ajustó a derecho”.

53.- ¿Cómo es efectivo y le consta que en el periodo que va desde enero de 2017 a abril de 2018 se pagaron estipendios con cargo a la subvención Escolar Preferencial al Sr. Alexis Guerrero Guerrero, y a doña Rocío Monsalve Valenzuela en los meses de enero a marzo del mismo año 2017?
CR: “Se ajusta a derecho ya que realizaban las funciones pertinentes”.

54.- ¿Cómo es efectivo y le consta que el Sr. Alexis Guerrero Guerrero, y doña Rocío Monsalve Valenzuela que es una irregularidad ya que ninguno de dichos funcionarios cumple funciones relativas con los objetivos y fines que persigue la ley sobre Subvención Especial Preferencial?
CR: “Ellos fueron contratados para desarrollar funciones de la ley SEP uno como abogado y el otro como ingeniero comercial y otra”.

55.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted desde el día 6 de diciembre de 2012, mantiene reservado para sí el cargo de secretario municipal mientras sirve el cargo de Alcalde.
CR: “Eso está fijado en la normativa del Estatuto de Funcionarios Municipales y otra vez de jurisprudencia. Complementando mi respuesta, es efectivo”.

56.- Para que diga el absolvente el cómo es efectivo y le consta que pese a que durante más de 6 años no ha servido el cargo de Secretario Municipal, tampoco lo ha declarado vacante, y se ha limitado a nombrar como suplente a doña Ana María Araya París.
CR: “Me ajusto a la legislación vigente. Complementando, es efectivo, está trabajando”.

57.- Explique en qué situación se encuentra usted respecto del cargo de secretario municipal.
CR: “Me ajusto a la normativa vigente”.

58.- Cómo es efectivo y le consta que usted no ha llamado a concurso público para proveer el cargo de secretario municipal, ya que doña Ana María Araya Paris se mantiene en dicho cargo solo mientras mantenga su confianza.
CR: “Me ajusto a la legislación vigente. Complementando, es efectivo, está trabajando”

59.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted no ha obtenido “permiso sin goce de remuneraciones”, para el periodo 2016- 2020 para el cargo de secretario Municipal?
CR: “Me ajusto a la normativa vigente”

60.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted ha separado ilegalmente de sus funciones al Jefe del Departamento de Administración y Finanzas, desde el mes de mayo de 2018?
CR: “No lo he separado ilegalmente, de acuerdo a la normativa y procedimientos vigentes, y asesorado con el abogado de la municipalidad declarar el cargo vacante por sumarios administrativos, reiterados requerimientos de la Contraloría y sumarios reiterativos y también por sanciones impuestas por el organismo contralor a través de un proceso administrativo legal, como es el proceso de calificación”.

61.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted se ha negado a reincorporar a sus funciones al Jefe de Administración y Finanzas cuyo nombre es ROBERTO EDUARDO ABALOS ABALOS, pese a habérselo ordenado la Contraloría General de la República?
CR: “No es efectivo”.

62.- ¿Cómo es efectivo y le consta a usted que la Contraloría General de la República le ha ordenado pagar las remuneraciones del Jefe de Finanzas durante la separación ilegal?
CR: “No es efectivo”.

63.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted se ha negado a cumplir con la reincorporación y pago de remuneración ordenada por la Contraloría General de la República?
CR: “No es efectivo”.

64.-¿Cómo es efectivo y le consta que desde hace casi un año usted dispuso que las funciones de Jefe del Departamento de Administración y Finanzas las cumpla el Sr. Jefe de Rentas del referido Municipio don Víctor Lara?
CR: “Sí es efectivo”.

65.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted mantiene pendientes los procesos calificatorios de don Roberto Abalos Abalos relativos a los periodos de desempeño comprendidos entre septiembre del 2014 a la fecha?
CR: “No es efectivo”.

66.- ¿Cómo es efectivo y le consta que a pesar de encontrarse pendientes los procesos calificatorios precedentemente citados, usted dictó con fecha 16 de mayo del 2018, el decreto alcaldicio N° 13, declarando vacante el cargo grado 5° de la planta Directiva, destinado al director de Administración y Finanzas?
CR: “Sí es efectivo”.

67.- ¿Cómo es efectivo y le consta que la Contraloría General de la República anuló y dejó sin efecto el referido decreto Nº 13 de fecha 16 de mayo de 2018”.
CR: “No es efectivo”.

68.- ¿Cómo es efectivo y le consta que a pesar que la contraloría estableció la ilegalidad del decreto de registro N° 13 del 16 de mayo del 2016, usted mantiene separado de sus funciones al Director de Administración y Finanzas don Roberto Abalos Abalos?
CR: “No es efectivo”.

69.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted nombró a la Sra. María Angélica Casanova Pinto como “Asesora Directa del Área de Salud del alcalde” desde el mes de abril de 2013?
CR: “No es efectivo”.

70.- ¿Como es efectivo y le consta que, en la practica, el cargo y las funciones de Jefa del Departamento de Salud lo desempeña doña María Angélica Casanova Pinto, quien percibe la suma mensual de $6.148.723 (seis millones ciento cuarenta y ocho mil setecientos veintitrés pesos)?
CR: “No es efectivo”.

71.- ¿Cómo es efectivo y le consta que desde el año 2017, no ha llamado a concurso para proveer el cargo de Jefe de Departamento de Salud, sirviendo de facto dicho cargo doña María Angélica Casanova Pinto?
CR: “Es efectivo, pero ella no es jefa del departamento”.

72.- ¿Cómo es efectivo y le consta que durante el periodo enero de 2013 a enero de 2014, la I. Municipalidad de Ovalle, ha debido pagar en intereses, reajustes, recargos y multas a instituciones previsionales un monto total de $49.939.860, debido al retraso en el pago de cotizaciones?
CR: “Eran arrastres de deuda de la Administración anterior e inmediatamente en enero del 2013, a teníamos que pagar cotizaciones previsionales con intereses y en el transcurso del tiempo, mejorando la deuda, desde los años posteriores se ha ido disminuyendo la deuda . Tenemos deudas y esas son del año 2008 ó 2010 y los pagos de intereses son onerosos, pero el pago de las imposiciones se están realizando regularmente, sin intereses ni multas y todo lo referente a deuda, el sistema está con deudas muy pequeñas, para no decir cero, eso es algo muy normal en la Administración.
Las obligaciones se certifican mes a mes del pago de las imposiciones, responsabilidad de las personas involucradas, a través de un reglamento acto administrativo que se realizó, calificando las funciones y responsabilidades de cada uno de los funcionarios involucrados en la gestión del Departamento de Educación”:

73.- ¿Cómo es efectivo y le consta que, para pagar dichas multas, dichos reajustes y dichos intereses, su administración hizo uso de dineros que claramente ya tenían asignado un fin distinto.
CR: “Señalé anteriormente que para uno de sus actos solicitamos transferencia para pagar deudas del funcionamiento del departamento a través del Concejo Municipal”.

74.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted envió en “cometido funcionario”, al Director del Departamento de Obras Municipales Sr. Glen Flores Owens a realizar una capacitación a la ciudad de Barcelona, España sin convocar a un concurso público.
CR: “Es efectivo que se le envió a Barcelona. Este tema está súper resuelto por la Contraloría”.

75.- Explique porque razón escogió al Director del Departamento de Obras Municipales y no a otro funcionario.
CR: “Está resuelto a través de la Contraloría”.

76.- Explique porque dicho cometido fue a España y no a otra ciudad o universidad en el país.
CR: “Ya está resuelto a través de la Contraloría”.

77.- ¿Cómo es efectivo y le consta que la Municipalidad de Ovalle, se vio obligada a pagar de todos modos la remuneración del referido Director de Obras Municipales pese a que no trabajó por dicho periodo?
CR: “Es efectivo, está resuelto a través de la Contraloría”.

Por Equipo OvalleHOY.cl

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