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EDITORIAL: ¿Qué hay tras la pugna entre los empresarios de salas de juego y el municipio?

Transparentar los temas, dejando de ser meros intermediarios, para monitorear lo más ampliamente posible un hecho, es el objetivo de los medios de comunicación. Las conclusiones, por cierto, las dejamos a criterio de nuestros lectores.

El tema de la semana ha sido la querella de un empresario de salas de juego contra el alcalde de Ovalle y sus asesores jurídico y periodístico, motivado en las “injurias y calumnias” que acusa el hombre de negocios, emitidas en un comunicado emanado de la casa consistorial, tras la clausura de sus locales. Eso es lo que usted, lectora o lector, ha visto en la prensa.

Legalmente, la acción deducida sólo puede iniciarse por querella de la persona habilitada para promoverla. La norma agrega que en esa misma querella se puede solicitar al juez la realización de determinadas diligencias destinadas a precisar los hechos que configuran el delito de que se trata.

Pero, ¿cuál es el tema de fondo?.

Dilucidemos primero, qué pasa con la clausura de locales. En las calles de la ciudad se puede comprobar que los locales en cuestión siguen funcionando con normalidad, aunque las autoridades señalan que éstos fueron clausurados.

Cuando una persona o empresa no cumple las medidas impuestas por las autoridades se pone inmediatamente al margen de la Ley.  Y si esa persona sigue ejerciendo esa actividad que fue clausurada ¿Está actuando como corresponde?

Si un comerciante abre su local, estando éste clausurado ¿No cae acaso, en el delito de rotura de sellos? ¿O en juegos no autorizados? Porque no se pueden desarrollar y explotar los juegos de azar sino en la forma y condiciones que la Ley y la Superintendencia de Casinos y Juegos regula y sólo por las entidades que en ella se contemplan.-

En un segundo punto, analicemos la querella. Esta es en contra de la primera autoridad comunal, el asesor jurídico y el asesor periodístico. Y es en el caso de éste último, el que más llama la atención. ¿Por qué destinar la demanda también contra el periodista?

Para nadie es un misterio que los mismos empresarios de los locales de juegos han sido asesorados por un profesional de las comunicaciones, citando a conferencias y enviando comunicados de prensa a los distintos medios de la zona. Comunicados que por lo demás, difunden los intereses de esos mismos empresarios y han sido publicados, incluso por nuestro medio, sin que nadie reclame.

El periodista, sea éste institucional o uno que ejerce libremente la profesión, no realiza una opinión personal en sus comunicados, si no que explicita lo que su autoridad, jefe o asesorado necesita comunicar. Y solo eso. No tiene la misión de comunicar imparcialmente como sí la tenemos los medios de comunicación.

En cualquier institución u organización jerárquica, es la autoridad en cargo la representante final. ¿Por qué destinar la demanda también contra el periodista? ¿Y por qué no también contra los medios que difundieron el comunicado?  Una pregunta que son los mismos empresarios quienes deben responder.

Un tercer punto, tiene que ver con el Estado de Derecho y el lucro.

¿Tanto rinden económicamente  estos negocios como para arriesgarse a enfrentar y desautorizar a la autoridad? Porque si es así, es el Estado de Derecho es el que peligra, porque cualquiera puede imponer su interés personal o de un grupo específico de personas por sobre el bien común.

Por lo demás, si las autoridades no cumplen con su deber de fiscalizar y sancionar a quienes no cumplen con la ley, podrían enfrentar una acusación de negligencia, cohecho o de notable abandono de deberes.

Hay un tercer actor en esta escena. Es el Casino de Juegos, que hasta la fecha ha entregado en participaciones más de 120 millones de pesos al Municipio, sin contar el impuesto a la renta al Fisco y el IVA en las operaciones de compra y venta que celebra: todos  recursos que han de ser invertidos en obras sociales en la comuna y la región, lo que contrasta con el bajo valor de la patente que se le hacen a los locales de juegos en su conjunto cuyo capital propio es escaso.

El Capital Propio Tributario, es determinado a partir del total de los activos que poseen las sociedades de juego, descontadas las obligaciones reales y efectivas para efectos tributarios.

¿Y el tema de fondo? se preguntará usted, estimada lectora o lector. El tema de fondo es el siguiente: Por un lado, locales de máquinas de juegos clausurados que siguen funcionando.

Por otro, la querella de un empresario contra funcionarios  municipales que seguirá su curso normal. 

Y distintos comunicados de prensa seguirán circulando por lado y lado, actualizando los avances o retrocesos del caso y en que, al igual que las guerras convencionales, cada parte hace una difusión parcial de sus propios intereses.

El Director

OvalleHoy.cl