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Punitaqui: 3 accidentes de autos en la ruta D-605 esta mañana

A horas de la mañana ocurrieron tres accidentes en la ruta D-605. Sector Cuesta El Hinojo.

Unidad R-2 de Bomberos de Punitaqui y de emergencias estuvieron en el lugar. Volcamiento de camión 3/4 con 1 lesionado.

Noticia en desarrollo.

Por: OvalleHoy

Fotos: Leonel Pizarro

Vecinos reportan incendio en Potrerillos Bajos

Vecinos de la comunidad Potrerillos Bajos, han subido distintas fotografías en las redes sociales sobre incendio en el sector.

Por: OvalleHoy

Obituarios hoy jueves 10 de febrero

Comunicamos el sensible fallecimiento de quienes en vida fueran:

JUAN FRANCISCO ULLOA ÁLVAREZ Q.E.P.D.

Está siendo velado en Valentín Letelier 330 población Villalón, Ovalle. Mañana Viernes 11 de Febrero se realizará una misa a las 09:30 horas en la iglesia El Divino Salvador, luego será trasladado al cementerio parque de la ciudad.

ÁNGEL SEGUNDO VELÁSQUEZ TABILO Q.E.P.D.

Está siendo velado en calle única s/n Tabalí, comuna de Ovalle. Mañana Viernes 11 de Febrero se realizará una misa a las 15:30 horas en la capilla de la localidad, luego será trasladado al cementerio de Barraza.

LUCILA DE LOS SANTOS GALLARDO JAIME Q.E.P.D.

Está siendo velada en Cerrillos de Rapel s/n comuna de Monte Patria. Misa y funeral a confirmar.

RENÉ GASTÓN GONZÁLEZ MALUENDA Q.E.P.D.

Está siendo velado en Prat 45 pueblo Viejo, Punitaqui. Misa y funeral a confirmar.


GLORIA DEL CARMEN ROBLES CONTRERAS Q.E.P.D.

Está siendo velada en Elsa Omar Alfaro 652 Los Parrones II villa El Portal, Ovalle. Hoy Jueves 10 de Febrero se realizará un responso a las 10:00 horas en el cementerio parque de la ciudad.

GENTILEZA
FUNERARIA STA ROSA

Accidente en Ruta 5-Norte deja 2 fallecidos perdiendo impactando contra poste de alumbrado público

En la ruta 5-Norte se produjo un accidente de tránsito, próxima con cruce La Cantera. Un vehículo impactó contra un poste de alumbrado público, se investiga posiblemente, haya perdido el control y la maniobrabilidad, teminando con el volcamiento del mismo.

El conductor, un hombre de 31 años perdió la vida de inmediato en el lugar del accidente, su copiloto, una mujer 30 años de edad, falleció una vez ingresada al hospital. Información del Teniente, Sebastián Molina Fuentealba.

Por: OvalleHoy

Fuente: Carabineros

Prisión preventiva de soldados imputados por homicidio ordena Juzgado de la Serena por caso Romario

El Juzgado de Garantía de La Serena dejó ayer miércoles 9 de febrero, sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva a los soldados conscriptos Carlos Javier Robledo Olguín y José Andrés Arenas Mancilla, imputados por el Ministerio Público en calidad de autores de un delito consumados de homicidio y un homicidio frustrado, respectivamente.

En tanto, el cabo de Ejército Milovan Alejandro Rojas Barrera quedó con arresto domiciliario total y la prohibición de comunicación con testigos, como autor del delito de violencia innecesaria con resultado de lesiones graves. Ilícitos perpetrados en octubre de 2019, en la ciudad.

En la audiencia de formalización (causa rol 8.078-2019), el magistrado Andrés Elgueta Muñoz mantuvo en prisión preventiva al capitán de Ejército José Santiago Faúndez Sepúlveda, quien enfrenta cargos (tras reformalización) por los delitos de homicidio simple, homicidio frustrado y violencia innecesaria con resultado de lesiones graves.

Al finalizar la audiencia, que se extendió por tres días, el juez Elgueta Muñoz ordenó el ingreso de Faúndez Sepúlveda y Arenas Mancilla al Regimiento N°21 Coquimbo; en tanto, Robledo Olguín fue trasladado al complejo penitenciario Huachalume de La Serena, por considerar que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Además, fijó en 30 días el plazo de investigación a partir del lunes 7 de febrero.

Al resolver las cautelares, el magistrado consideró que en la especie se encuentra justificado la existencia de los delitos imputados y fundada la participación que les atribuye a los imputados en calidad de autores.

“En efecto no es controvertido que el día de los hechos, 20 de octubre de 2019, la Región de Coquimbo se encontraba en estado de emergencia debido a la declaración de estado de excepción constitucional promovida por el gobierno. En ese contexto, tampoco es controvertido que personal militar del Ejército fue llamado para resguardar el orden público y que dentro de este personal estaba la de la Unidad Fundamental de Emergencia (UFE 1), a cargo del imputado Faúndez Sepúlveda, quien con su unidad, de la que formaban parte los demás imputados en calidad de soldados, realizó una operación de resguardo de bienes, infraestructura y orden público en el sector del mall Plaza La Serena y sectores aledaños”, consigna la resolución.

El dictamen agrega que: “No se discute tampoco que existieron manifestaciones públicas, ni que en dicho escenario el personal militar, dentro del cual se encontraban los imputados, abrió fuego contra civiles ubicados en el sector, resultando dos personas heridas de gravedad y una fallecida, todas por impactos balísticos”.

“Por otra parte –prosigue–, de la evidencia producida en la audiencia no surgió antecedente alguno que permita justificar el uso de la fuerza por parte del personal militar en contra de civiles desarmados, lo que ya es suficiente para entender que la actividad del personal militar no se ajustó a derecho y por el contrario configuró diferentes delitos. Lo anterior se entiende como suficiente justificación en relación con la existencia de los delitos investigados, conforme a la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal”.

Con relación con la existencia de presunciones fundadas de participación o autoría de los imputados por los delitos, el tribunal sostuvo “(…) que no se discute el hecho cierto que todos ellos estuvieron en el sitio del suceso, dando instrucciones como oficial al mando, en el caso del señor Faúndez, y como tiradores en uso de fusiles militares provistos mayormente con municiones de guerra en el caso del resto de los imputados. No se discute tampoco que las víctimas, en ese contexto, resultaron gravemente heridas y una fallecida”.

Respecto de las acciones desplegados por el capitán Faúndez Sepúlveda, “(…) de las declaraciones expuestas en la audiencia se puede colegir que dio las órdenes de disparo en cada caso, infringiendo claramente cada vez la normativa de uso de la fuerza, puesto que no existían actos o intentos hostiles por parte de los civiles presentes, ni se vio en ningún momento comprometida la seguridad del personal militar, por lo que además infringió la prohibición de hacer uso de las armas de fuego y apuntarlas directamente a las personas, ordenando abrir fuego, sin agotar previamente medios racionales, legítimos y justificados, en vista de una amenaza que en toda ocasión y de la prueba observada se desprende que no existía; puede entenderse de esa manera, que el accionar del imputado Sr. Faúndez promovió las acciones de sus subordinados”, afirmó el juez.

Finalmente, “(…) en relación con las acciones desplegadas por los demás imputados quepa indicar que los análisis de las evidencias periciales resultan convincentes y congruentes con aquellas piezas exhibidas en la carpeta investigativa, para entender con elementos probatorios que los imputados, en calidad de tiradores, dispararon sus fusiles que estaban aprovisionados con munición de guerra en contra del cuerpo de los civiles que estaban en el lugar, posteriormente al recibir la orden de disparar por parte del imputado Faúndez Sepúlveda”, concluye.

Cadenas de tiradores

Según el ente persecutor, el 20 de octubre de 2019, habiéndose decretado estado de excepción constitucional en las comunas de La Serena y Coquimbo, el capitán de Ejército José Santiago Faúndez Sepúlveda asumió como comandante de la Unidad Fundamental de Emergencia (UFE 1) para materializar la presencia militar con el objetivo de velar por el orden público y reparar o precaver daño o peligro para la seguridad.

En dicho contexto, a las 18:08 horas aproximadamente, estando desplegadas las secciones de la UFE 1, una manifestación comenzó a desplazarse por la Ruta 5 Norte hacia la calle Amunátegui y algunas tiendas del mall Plaza La Serena comenzaron a ser saqueadas, razón por la cual el imputado Faúndez Sepúlveda ordenó la conformación de cadena de tiradores a las tres escuadras presentes en el lugar, compuestas por alrededor 25 militares.

Ante la presencia de los soldados, quienes estaban sustrayendo especies dejaron de hacerlo. No obstante haber conseguido este objetivo con el despliegue militar, el imputado ordenó sucesivos avances de las cadenas, a las cuales se incorporaron tiradores otras dos escuadras.

Poco después, a las 18:13 horas aproximadamente, Faúndez Sepúlveda instruyó a los soldados bajo su mando abrir fuego con los fusiles SIG, calibre 7.62 y Galil, calibre 5.56, que portaban, cargados mayoritariamente con munición de guerra y, en menor proporción, con munición de fogueo. El imputado no controló el uso de los fusiles de sus subalternos, vulnerando las reglas de uso de la fuerza que prohíbe apuntar con armas de fuego a personas en casos innecesarios.

Tras la orden de abrir fuego, se produjo una sucesión de disparos hasta que, a las 18.15 horas, el conscripto Rojas Barrera agotó las municiones de fogueo y, sin la debida diligencia, disparó una munición real, que impactó a la víctima Rolando Alberto Robledo Vergara, quien estaba ubicado en un sector de césped próximo a calle Amunátegui. La víctima resultó con lesiones de carácter grave, necesariamente mortales, sin socorro oportuno y eficaz, y que lo incapacitan para trabajar.

Con su actuar, el imputado Rojas Barrera empleó una violencia injustificada, desproporcionada e innecesaria en el control del orden público, considerando que la seguridad del sector ya estaba restablecida.

Posteriormente, aproximadamente las 18:16 horas, en los momentos que un grupo de civiles asistía a la víctima Robledo Vergara, el capitán Faúndez Sepúlveda, en conocimiento que se encontraba una persona herida a consecuencia del accionar militar, omitió brindarle primeros auxilios, ordenó el repliegue de la tropa ni adoptó medidas para evitar el uso de munición letal.

Solo cuatro minutos después, a las 18:22 horas aproximadamente, en conocimiento de que sus subalternos utilizaban munición real y que apuntaban al cuerpo de la gente, impartió, sin justificación, una segunda orden de fuego. Ronda en la cual el soldado conscripto Carlos Robledo Olguín disparó el fusil Galil que portaba con munición de guerra, impactando a la víctima Romario Wladimir Veloz Cortés, quien se encontraba de pie en la berma a la altura del terminal de buses, se desvaneció en forma instantánea y falleció en el lugar.

En esta última secuencia de disparos, el imputado José Arenas Mancilla también disparó el fusil Galil que portaba con munición de guerra, impactando a César Antonio Veliz Cortés en el muslo izquierdo, causándole lesiones de carácter grave que, sin atención oportuna y eficaz, le habrían provocado la muerte.

Por: OvalleHoy

Fuente: Poder Judicial

El DUC se prepara en Monte Patria, La “furia celeste” alista su participación en Copa Chile y tercera división A

En la comuna de Monte Patria, se “refugió” Deportes Unión Compañías, para realizar su pre temporada de cara a su participación en copa Chile y campeonato nacional de tercera división A.

El elenco serenense dirigido por Juan Pablo Guzmán, viajó con un plantel de 25 jugadores a la comuna de los Valles Generosos donde permanecerá por espacio de diez días desarrollando un arduo trabajo físico, buscando además algunas posibilidades de efectuar algún partido preparatorio.

Juan Pablo Guzmán, entrenador de la “furia celeste” comentó estar muy conforme con  la decisión de la directiva de realizar este trabajo:

“Nuestra pre temporada se realiza acá porque había contacto con la municipalidad se sabía que había un lugar para estar diez días acá.

“Nosotros como cuerpo técnico accedimos porque sin dudas es una instancia que nos permite trabajar en doble jornada, estar juntos hacer grupo y también porque tenemos mucha gente foránea y en este tiempo es muy difícil alojar gente en La Serena por los altos costos que hay”, comenta.

Guzmán agregó que se está trabajando con algunos jugadores de la comuna. En cuanto a partidos de preparación se estima que podrían jugar frente a la selección local “Se han portado increíble, hay buenos estadios, han mostrado mucha disposición y estamos satisfechos porque tenemos las comodidades necesarias para nuestro trabajo”

El staff técnico que acompaña Guzmán está integrado por el ayudante técnico Luis Pizarro, el preparador físico Sebastián Garrido, Martín Sánchez segundo preparador físico y Mario Rodríguez entrenador de arqueros.

Sin lugar a dudas que la directiva que encabeza Duilio Lettura, está haciendo un buen trabajo con miras a realizar un buen papel en copa Chile y ser protagonistas en el torneo nacional de tercera división A.

Jorge Araya, comentarista.

Balance Regional: Ovalle con 688 casos activos este miércoles

BALANCE REGIÓN DE COQUIMBO, miércoles 9 de febrero del 2022

1.464 casos nuevos

83.657 casos acumulados

4.830 casos activos

1.146 fallecidos

Residencias Sanitarias: 66% de ocupación

Por: OvalleHoy

Fuente: Seremi de Salud

¡Alerta! Se produjo esta tarde incendio de pastizales en La Silleta

Hace unos minutos se produjo un incendio de pastizales con peligro de propagación, en sector de La Silleta, Ovalle. Bomberos se dirigen al lugar para lograr apagar el fuego y detener la extensión del mismo.

Por: OvalleHoy

Fotos: José Fuentealba

Nueva ley que impide la rebaja de condenas a los abusadores infantiles

Luego de haber sido promulgadas durante esta semana, en los próximos días comenzarán a regir dos nuevas leyes que buscan proteger la indemnidad sexual de los niños, niñas y adolescentes.

Se trata de la nueva ley que perfecciona el Registro de Ofensores, que establece la inhabilidad perpetua para trabajar con niños, niñas y adolescentes a todas las personas que hayan cometido abuso infantil, junto a la nueva normativa que impide acceder al beneficio de rebaja de condenas a quienes cometan delitos sexuales en contra menores de edad.

La primera ley será publicada mañana en el Diario Oficial, y la segunda hará lo propio durante la próxima semana.

De esta forma, ambas nuevas normativas se complementan con la Ley de Imprescriptibilidad de los Delitos Sexuales en contra de niños, niñas y adolescentes, y con el proyecto de ley que tipifica la explotación sexual comercial infantil, todo lo anterior impulsado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Al respecto, el ministro (s) de Justicia y Derechos Humanos, Sebastián Valenzuela, dijo que “estas nuevas leyes se insertan en una política que ha sido un eje de nuestro Ministerio: modernizar nuestra Justicia Penal para poner a los niños, niñas y adolescentes primeros en la fila, y en lo particular, para resguardar plenamente su indemnidad y libertad sexual. Con estas nuevas normativas, fortalecemos nuestro sistema que protege a la infancia, donde ya habíamos avanzado sacando adelante la ley que declara Imprescriptibles los Delitos Sexuales en contra de niños, niñas y adolescentes, junto a la implementación del sistema de Entrevistas Videograbadas. Esta importante agenda, además, esperamos seguir profundizándola en lo que nos queda de mandato, aprobando el proyecto que tipifica la Explotación Sexual Comercial Infantil. Este conjunto de noticias es, sin lugar a dudas, una tranquilidad y una garantía para todas las familias del país”.

Ley que impide la rebaja de condenas

Esta normativa permite evitar que los condenados por delitos sexuales en contra de menores de edad, puedan acceder a los beneficios que les otorga la ley general de rebaja de condena, que establece que aquellas personas que tengan penas privativas de libertad de más de un año, y cumplan con ciertos requisitos (especialmente la buena conducta al interior de la cárcel), pueden optar a rebajar sus sentencias en 2 meses por cada año de cumplimiento, y luego en 3 meses por cada año de cárcel, al superar la mitad de la pena. 

Actualmente, la ley excluye de este beneficio a quienes han cometido homicidio calificado, parricidio y robos violentos. Desde ahora, también se excluirá a los agresores sexuales de niños, niñas y adolescentes.

En específico, con la nueva ley, no podrían acceder a rebajas de condenas quienes hayan cometido los siguientes delitos del Código Penal:

  1. Apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes con violación o abuso sexual agravado.
  2. Violación propia.
  3. Violación a persona menor de 14 años.
  4. Estupro.
  5. Abuso sexual agravado.
  6. Abuso sexual propio.
  7. Abuso sexual a persona menor de 14 años.
  8. Corrupción de menores.
  9. Producción de material pornográfico infantil.
  10. Promoción o facilitación de la prostitución de menores.
  11. Obtención de servicios sexuales por parte de personas menores de edad.
  12. Comercialización, difusión y adquisición o almacenamiento de material pornográfico infantil.
  13. Trata calificada de personas, en relación con la explotación sexual.
  14. Robo con violación.

Ley que perfecciona el Registro de Ofensores Sexuales

Esta nueva ley hace perpetua la inhabilidad para trabajar con menores de edad, a todos los condenados en causas de delitos sexuales en contra niños, niñas y adolescentes.

En concreto, la nueva ley obliga a los fiscales a pedir siempre la inhabilitación absoluta perpetua para trabajar con menores de edad en contra de los imputados por este tipo de delitos, y también obliga a los jueces a imponer este tipo de inhabilitaciones cuando condenan por estos ilícitos

Asimismo, en aquellos casos ya sentenciados, los fiscales tienen la obligación de impugnar las condenas para obtener la inhabilidad perpetua, en caso de que ésta haya sido declarada temporal.

En otros aspectos, la nueva ley establece que cuando una persona cumple su condena y pide la eliminación de antecedentes, la inhabilidad para trabajar con niños, niñas y adolescentes continuará siendo perpetua.

Además, la iniciativa aprobada señala que las Seremías de Educación, y de Transportes y Telecomunicaciones de todo Chile, junto a la Superintendencia de Educación, podrán acceder a ambos registros, para controlar que los colegios no cuenten con personal que haya sido condenado por delitos sexuales contra menores de edad, así como para fiscalizar que los transportistas escolares no hayan sido enjuiciados por estos delitos previamente.

Asimismo, el proyecto aprobado hace obligatorio que todos los años, en el mes de diciembre, el Ministerio de Transportes revise a toda la flota de transportistas escolares del país, para que sus conductores y acompañantes no tengan condenas por delitos sexuales contra menores, cancelándoles los permisos a quienes incumplan la normativa.

Por: OvalleHoy

Fuente: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Municipalidades de Río Hurtado y Monte Patria se unen firmando convenio colaborativo en diversas materias

El convenio permitirá que ambas instituciones estrechen lazos de infraestructura, equipamiento, cultura y brindar desarrollo de los territorios.

Un importante acercamiento ocurrió entre la Municipalidad de Río Hurtado y la Municipalidad de Monte Patria. Por intermedio de la alcaldesa Carmen Juana Olivares y su par Cristián Herrera, ambas instituciones firmaron un convenio colaborativo que permitirá estrechar lazos en materias de infraestructura, equipamiento, cultura y el desarrollo de las comunas.

El convenio otorgará que Monte Patria preste un camión “alzahombre”, que permitirá arreglar las luminarias públicas defectuosas que se encuentran principalmente en el troncal de la comuna de Río Hurtado. Podrá subsanar un problema que aqueja a algunas localidades de la zona, permitiendo entregar mayor luminosidad y seguridad por las noches.

El objetivo general del convenio es lograr metas comunes y soluciones ara cada municipio, aspecto que la alcaldesa de Río Hurtado, Carmen Juana Olivares, expresó satisfecha por concordar un trabajo en conjunto con Monte Patria.

“Para nosotros es muy importante mantener relaciones de colaboración y en esa sintonía estamos todos los alcaldes de la provincia de Limarí. Justamente concretamos con Cristián Herrera un convenio de colaboración para estrechar lazos en materia de infraestructura, equipamiento, la cultura y mantener relaciones para desarrollar nuestro territorio y bridar oportunidades para nuestros habitantes de ambas comunas”, señaló la alcaldesa.

Para el alcalde Cristián Herrera, ambas comunas comparten aspectos culturales, geográficos y también una amistad con la alcaldesa. Con este convenio, permitirá desarrollar y facilitar servicios entre ambas comunas.

“Nosotros entendemos que nuestra integración debe partir por nuestras comunas vecinas. Hoy oficializamos un acuerdo para luchar para que esta unión no sea solo a través de un convenio, sino también en forma física, que nos saltemos Ovalle y podamos llegar rápidamente entre nuestras comunas por el sector de Las Minillas y El Campanario, hay una posibilidad de extender un camino. Estamos contentos con afianzar estos lazos de unión y estos pasos van en beneficio de nuestra comunidad”, dijo Herrera.

Tal como lo señaló Herrera, dentro de la conversación surgió la idea de reactivar el análisis de levantar una ruta que conecte ambas comunas, entre los sectores de Las Minillas, en Río Hurtado, y El Campanario, en Monte Patria, que permitirá estrechar aún más los lazos entre los territorios.

Por: OvalleHoy

Fuente: Ilustre Municipalidad de Río Hurtado

Obituarios hoy miércoles 09 de febrero

Comunicamos el sensible fallecimiento de quienes en vida fueran:

EDDY DEL CARMEN CORTÉS CORTÉS Q.E.P.D.

Está siendo velado en calle única s/n El Maitén, Monte Patria. Hoy Miércoles 9 de Febrero se realizará una misa a las 17:30 horas en la capilla de la localidad, luego será trasladado al cementerio de Carén.

GLORIA DEL CARMEN ROBLES CONTRERAS Q.E.P.D.

Está siendo velada en Elsa Omar Alfaro 652 Los Parrones II villa El Portal. Misa y funeral a confirmar.



GENTILEZA
FUNERARIA STA ROSA