Pese a la aprobación, durante el debate un grupo de senadores manifestaron que prefieren “la regulación por sobre la prohibición”. En la oportunidad, además, se adelantó la posibilidad de regular los juegos on line.
Por 30 votos a favor , 1 en contra y 1 abstención el Senado aprobó en general el proyecto de ley sobre máquinas de juego fuera del ámbito de la ley de casinos, que responde a sendas mociones refundidas y a la indicación sustitutiva del Ejecutivo .
En la oportunidad se realizó una detallada
radiografía del fenómeno de las máquinas llamadas de destreza, que según cifras
son 700 mil a lo largo del país y según indicaron los legisladores, presentes
–principalmente- en sectores más humildes, por lo que alarmaron por los focos
de irregularidades en torno a este negocio.
Pese a que el proyecto contó con el respaldo de la
mayoría del hemiciclo, un grupo de parlamentarios dejó constancia de que
prefieren una norma que regule, en vez de prohibir las máquinas de destreza y
el senador Rabindranath Quinteros solicitó que el texto legal sea
revisada por la Comisión de Constitución Justicia y Reglamento, pues a su
juicio tendría sesgos de inconstitucionalidad, lo que finalmente no prosperó.
En otro orden, los senadores adelantaron que en el
análisis en particular se perfeccionarán varios aspectos como las penalidades y
se abordarán temas como los juegos on line.
CONTENIDO DEL PROYECTO
Define, en el contexto de la Ley de Casinos,
lo que es una máquina de azar, entendiendo por ella todo sistema o toda máquina
electrónica, electromecánica, eléctrica o que funcione con cualquier otro modo
de operación, que permita recibir apuestas en dinero o avaluables en dinero,
conceda al usuario un tiempo de uso o de juego y que, a través de un sistema
aleatorio de generación de resultados o bien programado, otorgue eventualmente
un premio.
– Excluye de este concepto aquellas máquinas en que
el premio entregado fuese una tarjeta, vale, ticket o un bien no canjeable ante
el operador o un tercero por dinero, o consistiere en la posibilidad de jugar
nuevamente.
– Dispone que las máquinas de azar constituyen en
sí, juegos de azar, por lo que se encuentran legalmente prohibidas, con la sola
excepción de su funcionamiento en los casinos de juego amparados por el
correspondiente permiso de operación, el que de ningún modo podrá extenderse a
juegos de este tipo realizados “en línea”.
– Regula la venta y destrucción de las máquinas de
azar por parte de los operadores autorizados, exigiéndoseles llevar un registro
que permita fiscalizar el destino de éstas, en la forma que lo disponga la
Superintendencia de Casinos de Juego, estableciéndose que sólo podrán ser
destruidas a través de gestores de residuos que cuenten con las autorizaciones
correspondientes, ya sean sanitarias, ambientales, o las que sean pertinentes.
– Sanciona con reclusión menor en sus grados medio
a máximo y multa de 11 a 200 UTM., a quien, sin la debida autorización,
desarrollare actividades que, en virtud de la ley, estuvieren reservadas a un
operador de casinos de juego. Asimismo, se aplicará la multa de reclusión menor
en su grado mínimo o multa a quienes participen como jugadores, en actividades
cuya explotación esté sancionada.
– Incorpora, en el listado de delitos que
constituyen bases del ilícito de lavado de activos, la operación ilegal de
actividades reservadas a los casinos de juegos.
– Establece la normativa especial que regula
expresamente el funcionamiento de máquinas fuera de los casinos de juego,
reforzándose la prohibición de otorgar patentes municipales para la explotación
de máquinas de azar por personas no autorizadas por la ley de casinos.
– Exige a los contribuyentes que soliciten patente
municipal para la explotación de una o más máquinas, que no sean de azar,
presentar una declaración jurada en la que identifiquen el tipo de máquina que
se pretende explotar, incluyendo su marca y modelo, su mecanismo de operación y
el tipo de premio que esta otorga. Asimismo, deberán indicar si este premio
será canjeable ante el operador o un tercero por otro tipo de bienes, y el tipo
de bienes por los cuales, eventualmente, el premio puede ser canjeado.
– Dispone que, existiendo dudas respecto de si una
determinada máquina es de azar o no, el solicitante del permiso municipal
deberá requerir previamente a la Superintendencia de Casinos, un informe que
aclare el punto.
– Obliga a las municipalidades a informar al
Ministerio Público y a la Superintendencia de Casinos de Juego, cuando tomaren
conocimiento de la explotación de máquinas de azar de una forma no autorizada
por la ley.
– Establece el procedimiento para acreditar, al
momento de solicitar el permiso municipal de operación, que una máquina de
juego no es de azar.
– Dispone que dentro de los 180 días siguientes a
la publicación de este proyecto como ley, las municipalidades deberán enviar a
la Superintendencia de Casinos de Juego y al Ministerio Público, el listado de
patentes relacionadas con la explotación de máquinas o sistemas electrónicos de
juego que se hayan otorgado.
DEBATE
Este proyecto ha concitado un apoyo mayoritario, y tiene quienes lo apoyan de manera categórica, como el senador Manuel José Ossandón, quien afirmó que “no es un tema de clases sociales, es de realidad concreta. No he encontrado en ningún barrio acomodado máquinas”. El legislador sentenció que “todos saben quiénes son, cómo se regulan, cómo se manejan con las quincenas, por lo que son un cáncer para la sociedad” y acusó que son verdaderas mafias e incluso “financian campañas políticas y me ofrecieron, pero lo denuncié públicamente”, advirtió.
Pero también quienes lo rechazan, como el
senador Ricardo Lagos Weber que siente que es discriminatorio”.
“¿Por qué
ciertas industrias se van a penalizar y otras no? ¿Lo correcto es prohibir o
regular? Esta norma tiene paternalismo”. Para el parlamentario no hay dudas de
que existen abusos, pero lo que a su juicio corresponde es regular.